
La Corte Constitucional habilitó al partido político En Marcha, liderado por el exministro del Interior Juan Fernando Cristo, para postular candidatos propios tanto al Congreso como a la Presidencia.
Esta decisión representa un giro en la situación jurídica del movimiento, luego de que una sentencia anterior del Consejo de Estado le retirara la personería jurídica, determinación que recién quedó suspendida por la máxima instancia constitucional del país.
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En Marcha surgió en 2022 tras formar parte de la coalición Alianza Verde - Centro Esperanza, que alcanzó más de 1,9 millones de votos y superó el umbral del 3% requerido por la ley colombiana.
Sin embargo, en mayo de 2024, el Consejo de Estado invalidó el aval político del partido, argumentando que la agrupación había sido inscrita mediante coalición y que los votos no reflejaban mérito propio, ya que los candidatos recibieron el respaldo de otros partidos.

Según lo informado por El Tiempo, Cristo presentó una tutela contra la decisión del Consejo de Estado, acción que finalmente encontró respaldo en la Corte Constitucional en mayo de 2025.
Este tribunal anuló los efectos del fallo desfavorable y devolvió el expediente al Consejo de Estado. No obstante, tras un nuevo análisis, el alto tribunal administrativo reafirmó su postura durante el mes de agosto, volviendo a dejar a En Marcha sin aval.
La más reciente intervención de la Corte Constitucional suspendió el fallo de agosto, otorgando vía libre a En Marcha para participar y otorgar avales en la próxima contienda electoral.
“Estamos muy contentos, después de someternos por más de tres años a toda la institucionalidad de la justicia colombiana, finalmente la Corte Constitucional cerró esta disputa jurídica protegiendo los derechos de la militancia de En Marcha”, expresó Cristo.
Se prevé que el 1.º de diciembre tendrá lugar el lanzamiento oficial de la coalición legislativa entre Alianza Verde, Partido Demócrata, Colombia Renaciente y En Marcha, con un acto programado en la Plaza de la Aduana de Cartagena.

Los ejes de la coalición incluyen defensa del Estado Social de Derecho, inclusión, sostenibilidad ambiental, lucha contra la corrupción y promoción de la equidad social.
Si bien Cristo figura entre los posibles precandidatos presidenciales del llamado frente amplio, aclaró que, hasta el momento, solo hay conversaciones sobre listas al Congreso y no sobre candidaturas presidenciales concretas.
Hay una ley para castigar fuertemente a conductores borrachos, pero no se aplica, aseguró Juan Fernando Cristo
El exministro del Interior Juan Fernando Cristo se refirió a los recientes accidentes ocurridos en las localidades de San Cristóbal y Kennedy, en Bogotá, donde estuvieron involucrados ciudadanos al volante bajo los efectos del alcohol.
A través de sus redes sociales, Cristo cuestionó la disminución de controles por parte de las autoridades y recordó que, como presidente del Senado, impulsó la aprobación de la Ley 1696 para endurecer las penas por conducir en estado de embriaguez.
En sus palabras, “hemos visto hechos muy dolorosos que han sido ocasionados por cuenta de conductores irresponsables manejando en estado de embriaguez. Y recordé cómo, en mi calidad de presidente del Senado, hace más de diez años, impulsamos, promovimos y logramos la aprobación de la ley 1696, que endurecía de una manera bien importante las penas contra esos irresponsables”.
El hoy precandidato presidencial pidió retomar los controles de la Policía de Tránsito y aplicar las sanciones previstas en la normativa. “Aplicar la ley es lo que hay que hacer. Ahora no se está aplicando, no se hacen controles, no se hacen retenes por parte de las autoridades de tránsito. Hay que aplicarles severamente la ley”, sostuvo.
La Ley 1696 de 2013, conocida como ‘Ley Merlano’, fue creada tras la controversia generada por el caso del senador Eduardo Merlano, sorprendido conduciendo bajo efectos del alcohol.
Esta legislación establece un sistema estricto de sanciones, según el nivel de etanol registrado: desde una concentración de 20 miligramos hasta cifras superiores a 150 miligramos por cada cien mililitros de sangre.
La ley obliga la inmovilización del vehículo sin excepción, de modo que todo conductor sorprendido bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas pierde el derecho a continuar conduciendo, sin importar el grado de intoxicación comprobado.
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