
Dos nuevas convocatorias para el acceso a la educación superior se abrieron en Colombia, dirigidas a personas que han prestado servicio o han sido parte de la fuerza pública y sus familias.
A través del Icetex, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Educación Nacional y en línea de la gestión del Gobierno nacional, se habilitaron inscripciones para los fondos MinDefensa Ley 1699 de 2013 y Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019.
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Ambos ofrecen crédito educativo condonable hasta en un 90% del valor prestado, orientado a personas de estratos 1, 2 y 3, que buscan acceder o continuar sus estudios en instituciones de educación superior del país a partir del primer semestre académico de 2026.
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El beneficio cubre hasta 11 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) por cada semestre académico para el pago de matrícula ordinaria, apoyo de sostenimiento de un smmlv por semestre, los derechos de grado y una prima de garantía para cubrir riesgos en caso de muerte, invalidez física o mental del estudiante.
Según el presidente del Icetex, Álvaro Urquijo, “Desde el Gobierno nacional y con la gestión administrativa y sostenible del ICETEX, seguimos impulsando oportunidades de educación que transforman vidas a quienes han hecho parte de la fuerza pública. Como nación y desde el sector institucional estamos honrando el servicio que han brindado al país para garantizar la seguridad y el bienestar de sus habitantes”.
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¿A quién están dirigidas las convocatorias?
1. Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013
Este fondo, financiado por el Ministerio de Defensa y administrado por Icetex, está dirigido a:
- Pensionados/as por invalidez y/o sus hijos menores de 25 años (con cesión de beneficios).
- Viudas/os, huérfanos/as o padres de miembros de la fuerza pública fallecidos o desaparecidos en servicio activo, únicamente por acción directa del enemigo o en combate, involucrados en tareas de mantenimiento y restablecimiento del orden público o conflicto internacional.
- Aspirantes cobijados por el artículo 2 de la Ley 1699 de 2013 y artículos 28 y 29 de la Ley 1979 de 2019.
- Deben estar en estratos socioeconómicos 1, 2 o 3.

Esta línea apoya principalmente estudios de pregrado o de educación para el trabajo y desarrollo humano dentro del país.
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2. Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019
Financiado por el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Educación Nacional, también administrado por Icetex, está orientado a:
- Veteranos/as con asignación de retiro, pensionados por invalidez, reservistas de honor y víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011, por hechos en servicio activo.
- Viudas, huérfanos o padres de miembros de la fuerza pública fallecidos o desaparecidos en servicio activo por acción directa del enemigo o en combate.
- Los aspirantes deben pertenecer a estratos 1, 2 o 3 y estar amparados por el artículo 2 de la Ley 1979 de 2019.
- En este caso, cubre pregrado o posgrado.
Condiciones y proceso de inscripción
Para aspirar a cualquiera de los fondos, las personas interesadas deben estar admitidas o matriculadas en una institución de educación superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. En caso de aplicar para primer semestre, deben haber presentado la prueba Saber 11; si aplican a segundo semestre en adelante, deben demostrar la aprobación del periodo académico anterior.
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Toda la información y los requisitos específicos para inscribirse, así como el acceso a los formularios, están disponibles en:
- Fondo en Administración MinDefensa Ley 1699 de 2013
- Fondo Fomento para la Educación Superior Ley de veteranos 1979 de 2019
¿Cómo opera la condonación de los créditos?
El 90% del crédito educativo será condonado una vez el beneficiario culmine el programa académico con grado. El proceso incluye presentación de una carta de solicitud y la entrega de la certificación o copia del diploma y el acta de grado; para egresados de educación para el trabajo, se requerirá el certificado equivalente.
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¿Qué cubren estos fondos?
- Hasta 11 smmlv por semestre en matrícula ordinaria.
- Un smmlv por semestre de sostenimiento.
- Gastos de derechos de grado.
- Prima de garantía frente a muerte o invalidez.
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