
El costo de las compras con tarjeta de crédito experimentará un aumento en noviembre, tras la actualización de la tasa de usura que fijó la Superintendencia Financiera en 24,99% efectivo anual.
Este nuevo techo para los intereses bancarios representa un incremento de 0,63 puntos porcentuales respecto al mes anterior (octubre 2025), cuando la tasa se situaba en 24,36%.
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La medida impacta directamente en los usuarios de tarjetas de crédito y en quienes acceden a créditos de consumo y ordinarios, al elevar el límite máximo que las entidades financieras pueden cobrar por sus préstamos.
La tasa de usura, que constituye el máximo interés legal permitido para los créditos en Colombia, se revisa mensualmente y su superación constituye un delito penal.

Para noviembre, la Superintendencia Financiera determinó que el interés bancario corriente para créditos de consumo y ordinarios será de 16,66% efectivo anual, vigente entre el 1 y el 30 de noviembre, lo que implica un aumento de 0,42 puntos porcentuales frente a la tasa de octubre, que fue de 16,24%. Este indicador sirve de base para calcular la tasa de usura, que equivale al 1,5 veces el interés bancario corriente.
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El documento oficial del regulador también estableció los topes de usura para otras modalidades de crédito. El crédito productivo de mayor monto tendrá una tasa máxima de 26,88%, mientras que el crédito productivo rural se ubicará en 18,26% y el crédito productivo urbano en 38,78%.
Para el crédito popular productivo rural, la tasa de usura será de 49,04%, y para el crédito popular productivo urbano, de 59,18%. En el caso del crédito de consumo de bajo monto, el límite se fijó en 66,42%.

El análisis de las tasas efectivas anuales (E.A.) de los bancos revela que las entidades más cercanas al tope de usura son Coltefinanciera y Lulo Bank, ambas con un indicador de 24,31%, seguidas por JFK Cooperativa Financiera con 24,26%.
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Otras instituciones como Banco Unión (24,16%), Banco Falabella (24,04%), Confiar (23,98%), Finandina (23,93%) y Tuya (23,76%) también se aproximan a este límite.
En contraste, Coopcentral (18,24%), Banco Agrario (19,81%) y Banco GNB Sudameris (19,92%) presentan tasas considerablemente más bajas.
Entre los bancos con tasas intermedias figuran AV Villas (20,58%), Itaú (21,38%), Banco de Occidente (21,69%), Banco Davivienda (21,69% o 21,89% según el reporte), Financiera Juriscoop C.F. (22,13%), Bbva Colombia (22,31%) y Banco de Bogotá (22,54%).
El CEO de JP Tactical Trading, Juan Pablo Vieira, atribuyó el aumento de la tasa de usura a la dinámica de oferta y demanda en el mercado crediticio. “Sin embargo, sigue muy estable y no tiene un impacto importante y salió según lo esperado con las tasas de interés. El mensaje final del día es que el Gobierno sigue presionando por la reducción de tipos, pero el Emisor aún no lo ve prudente”, dijo Vieira en declaraciones a La República.
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Por su parte, Felipe Campos, gerente de inversión y estrategia de Alianza Valores y Fiduciaria, señaló que la tasa de usura para noviembre se preveía en 24,9% para los créditos de consumo y comerciales.
“Lo anterior se explicaría por una disminución en la colocación de crédito dirigido a las empresas respecto al mes anterior”, explicó Campos a La República, lo que indica que los bancos han reducido el volumen de préstamos otorgados a compañías.
Además, Campos destacó que “se evidencia que la tasa de usura durante el año ha presentado una gran volatilidad y se ha visto influenciada por la estabilidad en materia de la tasa de interés de intervención, así como una recuperación del crédito comercial que ha sido muy gradual”.
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La Superintendencia Financiera realiza la certificación de las tasas de interés con base en la información reportada por los establecimientos comerciales entre el 3 y el 24 de octubre de 2025.

Estas tasas determinan los límites legales para los intereses remuneratorios y moratorios definidos en el Código de Comercio.
Superar la tasa de usura constituye un delito tipificado en el Código Penal colombiano: “quien reciba o cobre, de forma directa o indirecta, a cambio de préstamos de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente, incurrirá en prisión de treinta y dos a noventa meses y multa de 66,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
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