
En medio de un esfuerzo sostenido por modernizar la relación entre la ciudadanía y el Estado, Colombia avanza hacia un sistema tributario cada vez más digital, sencillo y accesible. Uno de los elementos centrales de esta transformación es el reporte de información exógena, una obligación que, bien gestionada, ofrece más control, transparencia y orden para personas naturales y empresas.
Lejos de ser un trámite distante, este reporte se convirtió en una herramienta clave para que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y la Dirección de Impuestos de Bogotá (DIB) tengan una fotografía precisa de las operaciones económicas del país. Esta mejor trazabilidad permite fortalecer la gestión tributaria, cerrar brechas y orientar políticas más justas, mientras contribuyentes y empresas se benefician de un entorno más confiable.
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La información exógena recoge datos sobre transacciones económicas efectuadas durante un periodo determinado. Su presentación periódica es obligatoria y se realiza con base en la normativa vigente. Cumplir con este trámite a tiempo evita sanciones, pero sobre todo garantiza que los movimientos financieros del país se reflejen con fidelidad en los sistemas estatales.
La buena noticia es que el proceso fue simplificado. En 2025, la fecha límite para entregar la información dependerá del último dígito del NIT, en el caso de personas jurídicas, o del documento de identificación para personas naturales. La programación quedó establecida así:
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0: 27 de octubre de 2025
1: 28 de octubre de 2025
2: 29 de octubre de 2025
3: 30 de octubre de 2025
4: 31 de octubre de 2025
5: 4 de noviembre de 2025
6: 5 de noviembre de 2025
7: 6 de noviembre de 2025
8: 7 de noviembre de 2025
9: 10 de noviembre de 2025
Este escalonamiento evita congestiones, permite organizarse con anticipación y disminuye el margen de error. Una vez definida la fecha, el siguiente paso es conocer el canal habilitado para el envío.

En línea con el proceso de digitalización, el único medio oficial para presentar la información exógena es la plataforma de medios magnéticos, disponible desde del 1 de septiembre de 2025. Su operación busca hacer el proceso más ágil, ya que permite cargar, validar y transmitir información sin necesidad de acudir a oficinas.
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Para quienes ingresen por primera vez, es indispensable registrarse y contar con la versión actualizada del aplicativo de escritorio Storm-User 4.4.2. En el caso de las personas jurídicas, al diligenciar sus datos no deben incluir el dígito de verificación del NIT. Una ventaja adicional es que el correo registrado en el RIT no está vinculado a la plataforma; es posible utilizar cualquier dirección activa para realizar el registro y presentar la información.
En situaciones donde sea necesario volver a enviar los archivos, el contribuyente deberá solicitar autorización previa a través de los canales oficiales de atención. El proceso de presentación es directo:
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- Preparar la información en una hoja de cálculo o archivo plano.
- Procesarla en línea mediante la plataforma.
- Enviar el archivo final en formato .STR.
- Descargar la certificación de envío.

Este sistema, moderno y seguro, no solo optimiza el trámite, sino que ofrece mayor tranquilidad a los usuarios al garantizar confidencialidad y precisión en los reportes. Cada archivo queda respaldado, lo que facilita auditorías y consultas posteriores, permitiendo también corregir registros, verificar inconsistencias y fortalecer la gestión interna con mayor control y trazabilidad de la información.
Si durante el proceso surgen dudas, la Secretaría de Hacienda dispone de canales especializados de orientación personalizada. Esta asistencia resulta especialmente útil para nuevos usuarios o para quienes necesitan apoyo técnico, acompañándolos durante todo el procedimiento con respuestas oportunas y guías detalladas paso a paso.
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