
La Corte Constitucional continúa la discusión sobre la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 2831 de 2024, conocida como la reforma pensional del Gobierno de Gustavo Petro, mientras uno de sus magistrados recién posesionados, Carlos Camargo, presentó impedimento para pronunciarse en este caso.
El expediente, identificado como D-15989, será debatido en Sala Plena en los próximos días y constituye una de las definiciones más relevantes del alto tribunal, ya que determinará si la reforma pensional cumple con los requisitos de procedimiento legislativo o debe ser declarada inconstitucional.
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Argumentos del impedimento

El magistrado Camargo presentó su manifestación formal el pasado 1 de octubre de 2025. En su escrito dirigido a la Sala Plena, señaló: “la accionante en el expediente de la referencia participó en la votación realizada el pasado 3 de septiembre de 2025 en el Senado de la República, en la cual fui elegido como magistrado de la Corte Constitucional. Por esto, en aras de garantizar la imparcialidad en la decisión de este expediente, manifiesto el impedimento para pronunciarme sobre los tres proyectos de auto en mención”.
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El documento recuerda que la demanda contra la reforma pensional fue presentada por la senadora Paloma Valencia. Además, detalla que la Sala Plena tiene citados para discusión tres asuntos: una recusación contra el magistrado Jorge Enrique Ibáñez, otra contra Héctor Carvajal y una solicitud de aclaración del Auto 841 de 2025.
Camargo invocó los artículos 25 y 26 del Decreto 2067 de 1991, que establecen como causales de impedimento el hecho de haber tenido participación directa en el trámite del proyecto de ley o de tener interés en la decisión. En este caso, el magistrado fundamentó su impedimento en la causal de interés derivado de la participación de Valencia en su elección.
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La Corte frente a la reforma pensional
La discusión en la Corte Constitucional sobre la Ley 2831 de 2024 se centra en los aspectos de procedimiento de su aprobación en el Congreso. Lo que debe resolver la Sala Plena es si la Cámara de Representantes subsanó correctamente el trámite del último debate de la reforma, luego de que el alto tribunal devolviera el texto al legislativo para corregir posibles irregularidades.
Los puntos clave en la deliberación incluyen la manera como se aprobaron las actas de las sesiones en las que se discutió la iniciativa y el cuórum presente en la Cámara durante esos debates. Estos elementos han dividido a la Corte en dos posiciones enfrentadas.
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Por un lado, magistrados identificados con el sector más conservador del alto tribunal, como Jorge Enrique Ibáñez, Paola Meneses, Lina Marcela Escobar y Carlos Camargo, se han mostrado inclinados a declarar la inconstitucionalidad de la reforma, al considerar que persisten irregularidades formales en el procedimiento legislativo.

En el otro bloque, con lo que parece una mayoría estrecha, se encuentran los magistrados Cortés, Fernández, Ángel, Carvajal y Polo. Este grupo estaría dispuesto a avalar que la reforma cumplió con las exigencias constitucionales, en línea con la posición expresada por el procurador y exsecretario del Senado, Gregorio Eljach, quien ha manifestado que el trámite fue válido.
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La definición del futuro de la reforma pensional será adoptada por la Sala Plena de la Corte Constitucional en las próximas semanas. El resultado del fallo tendrá implicaciones directas para el sistema de protección social integral en Colombia, al tratarse de la norma que establece las reglas para la vejez, la invalidez y la muerte de origen común, con efectos financieros, institucionales y sociales significativos, que impactarán a millones de trabajadores, pensionados y familias en todo el territorio nacional, y que hace parte de la agenda legislativa más relevante del actual gobierno.
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