
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) intensificará en septiembre de 2025 su estrategia para recuperar obligaciones tributarias en mora, desarrollando una jornada masiva de atención personalizada en todo el país el miércoles 24 de septiembre.
La iniciativa, parte de la campaña “Al día con la Dian, le cumplo al país”, tiene como objetivo ofrecer facilidades a los contribuyentes para regularizar su situación, evitar embargos y consolidar el recaudo fiscal antes del cierre del mes.
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Durante ese período, la Dian ejecutará más de 7.800 visitas de cobro, impondrá 3.400 medidas cautelares y emitirá 930 embargos, según datos oficiales divulgados por la entidad en Bogotá. Las actividades de cobro, que se extenderán hasta el 30 de septiembre, buscan acercar soluciones a quienes mantienen deudas pendientes y fortalecer la gestión fiscal ante el aumento de cartera vencida.
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En la jornada del 24 de septiembre, los contribuyentes podrán acudir sin cita previa a cualquier dirección seccional de la Dian, en el horario de 8:00 a. m. a 12:00 p. m., y de 2:00 a 4:40 p. m., para recibir atención personalizada sobre facilidades de pago, asesoría respecto a procesos de cobro activos y orientación para evitar el avance de medidas cautelares y judiciales.
Entre las novedades de la estrategia, la entidad implementará por primera vez un programa de visitas virtuales de cobro mediante Videoatención, dirigido a contribuyentes ubicados en municipios de difícil acceso o afectados por problemas de orden público. La directora de gestión de Impuestos de la Dian, Luisa Rocio Reyes Pacheco, puntualizó que esta modalidad tiene como propósito mantener la continuidad de los procesos de recuperación de cartera y resguardar la integridad de los equipos de la entidad.
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El enfoque sectorial de las acciones 2025 prioriza a contribuyentes del sector minero cuyas deudas no superan los 360 días de exigibilidad, así como a empresas y personas vinculadas a actividades comerciales asociadas a la temporada de Amor y Amistad, por el alto movimiento comercial que caracteriza a estas fechas.

La estrategia nacional de cobro de la Dian prevé la realización de 4.930 depósitos judiciales por un valor total de 55.432 millones de pesos, correspondientes a 380 contribuyentes. Además, se emitirán 930 resoluciones de embargo de créditos, soportadas en facturación electrónica, para el cubrimiento de una cartera cercana a 400.000 millones de pesos.
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La entidad también enviará documentación a la Unidad Penal para que la Fiscalía General de la Nación inicie denuncias relacionadas con deudas en mora por un monto de 134.000 millones de pesos. Las 3.400 medidas cautelares proyectadas para septiembre recaen sobre sumas de dinero equivalentes a cerca de 1 billón de pesos y las 7.880 visitas de cobro están dirigidas a contribuyentes con deudas que suman 1,5 billones de pesos.
El director de la Dian, en su llamado a la acción, exhortó a quienes han sido notificados a “tomar la decisión de normalizar su situación y evitar medidas coercitivas”, recordando que la tranquilidad financiera depende directamente del cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias.
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En lo referente a los embargos, la Dian tiene facultad para afectar tanto cuentas de ahorro como cuentas corrientes de personas naturales y jurídicas. No obstante, según el artículo 837-1 del Estatuto Tributario, para personas naturales existe un límite de inembargabilidad de 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes ($1.186.250) depositados en la cuenta de ahorros más antigua.
Si el saldo de la cuenta no supera ese umbral, no podrá ser embargada; cualquier excedente sí será susceptible de bloqueo. Las cuentas de ahorro empresariales y las cuentas corrientes de cualquier titular pueden ser embargadas en su totalidad.
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La comunicación de un embargo se realiza a través de una notificación oficial, que puede entregarse personalmente al contribuyente, via correo certificado o mediante publicación en el boletín oficial de la entidad. Mantener la información de contacto debidamente actualizada se vuelve fundamental para recibir estos avisos y actuar a tiempo.
Si la deuda tributaria persiste sin ser cancelada, la Dian dispone de varias acciones: desde el embargo y secuestro de bienes, inmuebles y cuentas, hasta el remate de los activos para satisfacer la deuda, e incluso la interposición de denuncias penales en casos de evasión o fraude.
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