La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) impuso una sanción de ocho años a los siete exmiembros del último secretariado de las Farc por su implicación en 21.000 casos de secuestro.
Al respecto, el expresidente Álvaro Uribe lanzó duros cuestionamientos a la JEP y al Acuerdo de Paz de 2016.
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En una primera publicación, el exmandatario colombiano compartió el relato de Juan Felipe Lozada, víctima de la extinta guerrilla, con el mensaje: “la JEP procedió de acuerdo el nefasto texto de La Habana”.
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Acto seguido, compartió otro mensaje en el que catalogó a la Jurisdicción Especial para la Paz como “innecesaria”, ya que, según él, bastaba con una declaración ante un notario y supervisar la justicia.
“Con el nefasto acuerdo de La Habana, la JEP era innecesaria, habría bastado una declaración ante un notario y una supervisión de la justicia”, aseveró Uribe Vélez.
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Según el líder natural del Centro Democrático, militares han “declarado delitos no cometidos” para supuestamente garantizar su libertad.
El expresidente Uribe insistió que condena a militares deben ser analizadas por la justicia ordinaria y que aquellos que confirme su culpabilidad reciban una pena máxima de cinco años.
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“Militares han declarado delitos no cometidos para garantizar su libertad, esta trampa a nuestros soldados fue advertida sin receptividad por el Gbno de la época del Acuerdo. Sin más JEP, cualquier condena a militares debe ser revisada por la justicia ordinaria y aquellas que confirmen tendrían por nueva ley, para discutir, una pena máxima de 5 años”, aseveró.

Sentencia de la JEP
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) sancionó a siete exmiembros del último secretariado de las Farc con una pena de ocho años por su responsabilidad en 21.000 secuestros.
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El fallo, emitido el 16 de septiembre de 2025, corresponde al máximo permitido de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de Paz. Los condenados son Rodrigo Londoño Echeverri, conocido como ‘Timochenko’, Pablo Catatumbo Torres Victoria, Pastor Lisandro Alape Lascarro, Milton de Jesús Toncel Redondo (‘Joaquín Gómez’), Jaime Alberto Parra (‘El médico’), Julián Gallo Cubillos (‘Carlos Antonio Lozada’) y Rodrigo Granda Escobar (‘Ricardo Téllez’ o el ‘Canciller de las Farc’).
El tribunal consideró la gravedad de los crímenes cometidos, por lo que la sentencia impone que los exlíderes deban cumplir su condena bajo condiciones fijadas por la jurisdicción transicional.
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Según el magistrado Alejandro Ramelli, la JEP busca sentencias que contribuyan a la reparación y reconciliación, no solo al castigo. Este fallo se presenta en un documento de 663 páginas y marca un hito en los procesos de justicia transicional en Colombia.
Durante la presentación, Ramelli enfatizó el papel fundamental de las 4.200 víctimas de secuestro reconocidas en el proceso judicial, señalando que su testimonio fue clave en la investigación. El magistrado afirmó que la resolución responde a las expectativas de las víctimas, de la sociedad colombiana y de la comunidad internacional.
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Las declaraciones de Ramelli pusieron de relieve el impacto duradero del conflicto, evidenciado en las historias de quienes sufrieron violencia.
Destacó que la sentencia representa un avance en la búsqueda de garantías de derechos y atención a las comunidades afectadas, así como un reconocimiento a las madres que buscan a sus hijos y a los pueblos que esperan justicia.
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Human Rights Watch (HRW) señaló que, en caso de que las sanciones no garanticen una restricción adecuada de la libertad conforme a normas fuera del país, tribunales internacionales podrían revisar la situación.
En conversación con Blu Radio, la directora de HRW para las Américas, Juanita Goebertus cuestionó que las sanciones no permitan una verdadera restricción de la libertad.
“Lo que ayer se anuncia es un mecanismo de vigilancia electrónica (…) pero no queda claro que sea propiamente un brazalete, ni que exista un perímetro delimitado territorialmente como exige el acuerdo de paz”, expresó Goebertus.
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