
El sector de la vigilancia privada en Colombia experimentará un ajuste gradual en sus tarifas mínimas tras la decisión de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada (Supervigilancia) de implementar un esquema de incrementos escalonados. La medida anunciada por la entidad responde a la necesidad de que las empresas del sector puedan afrontar los nuevos costos laborales derivados de recientes reformas legales, al tiempo que busca garantizar la protección de los derechos de los trabajadores.
La actualización de las tarifas de vigilancia, que se aplicará en todo el país, tiene como fundamento principal la sostenibilidad financiera de las empresas y cooperativas del sector, así como la obligación de cumplir con el pago de salarios y prestaciones sociales.
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Según la Superintendencia, la Resolución Nº 20251000059517, por la cual se actualiza la tarifa minima de los servicios de vigilancia y seguridad privada, se apoya en el artículo 70 de la Ley 2466 de 2025 y en la Ley 2101 de 2021, que introdujo la reducción progresiva de la jornada laboral ordinaria en Colombia. Dichos cambios incrementaron los costos operativos, lo que llevó a la entidad a tomar medidas para evitar que la estabilidad laboral de los vigilantes se vea comprometida.
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Al respecto, la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia explicó que “las tarifas mínimas tienen como propósito proteger los derechos de los trabajadores y evitar prácticas que puedan afectar la estabilidad laboral en un sector que desempeña un papel estratégico para la seguridad ciudadana y empresarial”. La entidad resaltó que el ajuste tarifario busca impedir situaciones que puedan poner en riesgo la continuidad de los empleos y la calidad del servicio.
Cronograma de incrementos y recargos diferenciados
El cronograma de incrementos definido por la Superintendencia establece los valores iniciales. Para los servicios de vigilancia con personal armado son 9,24 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), que corresponde a $13.153.140, desde el 1 de julio de 2025. Este monto aumentará en varias etapas:
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- 9,53 smmlv ($13.565.955) el 15 de julio de 2025.
- 9,77 smmlv ($13.907.595) el 25 de diciembre de 2025.
- 9,85 smmlv ($14.021.475) el 1 de julio de 2026.
- 10,21 smmlv ($14.533.935) el 15 de julio de 2026.
- 10,38 smmlv ($14.775.930) el 1 de julio de 2027.
A estos valores se sumará un recargo del 10% para cubrir gastos de administración y supervisión.
En el caso de los servicios de vigilancia sin armas, el esquema de incrementos será equivalente, aunque el recargo administrativo será del 8%. Para las empresas que emplean personal con caninos, el porcentaje adicional por supervisión ascenderá al 11%. La Superintendencia diseñó este sistema diferenciado para asegurar que cada modalidad de servicio cuente con un marco financiero sostenible y adaptado a sus particularidades.
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Esquema especial para el sector residencial
El sector residencial de los estratos 4, 5 y 6 contará con un tratamiento especial dentro de la resolución. Las tarifas para estos conjuntos residenciales seguirán el mismo calendario y porcentajes de incremento que los servicios con personal armado, lo que implica que también iniciarán en $13.153.140 y llegarán a $14.775.930 en julio de 2027.
Dicho esquema busca equilibrar la carga financiera entre los diferentes tipos de usuarios y garantizar la continuidad del servicio en el ámbito residencial.
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Vigencia, declaraciones y aspectos jurídicos
La Superintendencia enfatizó que el principal objetivo de la resolución es “proteger los derechos de los trabajadores y evitar prácticas que puedan afectar la estabilidad laboral”, con lo que reconoce el papel fundamental de los vigilantes en la seguridad ciudadana y empresarial.

Además, la entidad precisó que la entrada en vigor de las nuevas tarifas será gradual, iniciando el 1 de julio de 2025, y que se emitirán circulares específicas para orientar a las empresas y usuarios durante el periodo de transición hasta 2027.
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Sin recursos jurídicos en contra
Y en cuanto a la vigencia y los aspectos jurídicos, la resolución comenzará a regir de manera inmediata tras la publicación. De acuerdo con la Ley 1437 de 2011, no se admitirán recursos jurídicos en contra de esta decisión, lo que otorga firmeza a la medida adoptada por la Superintendencia.
Con la implementación de este nuevo esquema tarifario, el sector de la vigilancia privada en Colombia se encamina hacia una etapa en la que la viabilidad económica y la protección de los derechos laborales serán ejes centrales de su funcionamiento.
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