Penalista encontró un error de la jueza que condenó a Álvaro Uribe que podría ser aprovechado por la defensa del expresidente

Además del castigo de 12 años de prisión y la multa de más de 2.000 millones, se ordenó la captura inmediata del antioqueño

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Juicio a Álvaro Uribe Vélez
El exmandatario es el primer expresidente de Colombia en ser condenado - crédito AP

Con un fallo de más de 1.000 páginas, que se negó a leer ante la petición de los abogados del imputado, la jueza Sandra Heredia condenó a Álvaro Uribe Vélez, primer expresidente de Colombia que ha sido declarado culpable por la justicia ordinaria.

En los aspectos más relevantes, Heredia confirmó que el exmandatario deberá pagar una condena de 12 años en prisión domiciliaria.

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Uribe Vélez también tendrá que pagar una multa de más de 2.000 millones de pesos y será inhabilitado de ocupar un cargo público durante los próximos ocho años y cuatro meses.

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Sin embargo, lo que más llamó la atención de la opinión pública es que la jueza solicitó la inmediata orden de captura del expresidente, lo que fue calificado como un comportamiento “desmedido” por parte de figuras de la derecha política en Colombia.

Álvaro Uribe Vélez - Condena
El mandatario fue condenado a 12 años de prisión - crédito Jesús Avilés / Infobae

Por fuera de las posturas políticas, el abogado penalista Jhoan Andrés Montenegro, en diálogo con Infobae Colombia, analizó el fallo condenatorio y señaló un posible error que podría provocar una intervención internacional en el caso.

Montenegro indicó que hay claridad de que el expresidente atendió en libertad todas las audiencias del juicio en su contra, por lo que no existe un argumento de peso para afirmar que es necesaria su captura tras el fallo en primera instancia.

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“El fallo de la juez confirma lo que se había denunciado, un poco sorprende la medida de aseguramiento con el subrogado de prisión domiciliaria, entendiendo que el expresidente mantuvo el juicio en libertad y había atendido el proceso, es algo que no es necesario, sino hasta la segunda instancia”.

Jhoan Andrés Montenegro
El penalista analizó la condena contra Uribe Vélez - crédito Cortesía a Infobae Colombia

El jurista anticipó que, aunque falta agotar los recursos de apelación disponibles en Colombia, él considera que en caso de ser reafirmada la condena, la defensa de Uribe podría pedir la intervención de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

“Falta la apelación, pero yo creo que hay una defensa internacional posible, que se podrá registrar cuando se agoten los recursos nacionales, podrán apelar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y revisar si hay lugar a unas medidas cautelares, pero hay unos requisitos de procedimiento, puesto que demanda que se agoten las vías jurídicas a nivel nacional”.

Montenegro comparó este caso y la posible intervención de la corte internacional con la inhabilitación que fue apelada en su momento por el presidente Gustavo Petro, cuando fue alcalde de Bogotá.

“Tal vez, la medida que tomó la juez Heredia, de suspender la libertad del expresidente, podría habilitar a la corte interamericana por las medidas cautelares, como paso en el fallo del presidente Petro cuando era alcalde de Bogotá”.

Álvaro Uribe Vélez asegura que el ingenio panelero La Mundial fue transferido a trabajadores en 1979 - crédito Colprensa
Uribe Vélez indicó que el juicio fue usado como un eslogan político en su contra - crédito Colprensa

En conclusión, el penalista indicó que, desde una postura de defensor, él considera que hay posibilidades de que se determine que se vulneraron los derechos del expresidente.

La defensa podrá atacar la medida que tomó la jueza a través de una tutela, siempre y cuando considere que se violaron los derechos esenciales del expresidente; sin embargo, la respuesta la tendrá el tribunal de Bogotá”.

Esta postura fue compartida por el abogado penalista Rogelio Roldán, que en diálogo con Infobae Colombia también calificó la petición de la captura como algo “excesivo”.

“La orden de encarcelamiento inmediata, para el criterio de este defensor es excesiva, entendiendo que nuestro código indica que las actuaciones procesales deben seguirse en criterios de razonabilidad, la doctrina y el derecho internacional han señalado que la orden de captura es para personas que no tienen presunción de inocencia, situación que no ocurre en el caso del señor Álvaro Uribe Vélez. No se ha argumentado cuál es la necesidad de la orden para la privación inmediata de la libertad”.

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