
La Fiscalía General de la Nación emitió un comunicado informando que se desarticuló una red que extraía y comercializaba flora y fauna protegidas del Caribe colombiano hacia destinos nacionales e internacionales, incluyendo Estados Unidos y Perú.
Según el ente investigador, “variedades protegidas de flora y fauna eran extraídas ilícitamente de Santa Marta (Magdalena) y Bocachica (Bolívar), transportadas a Bogotá y comercializadas”.
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La investigación, liderada por una fiscal de la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente, permitió imputar a los cinco presuntos integrantes de la organización los delitos de daño a los recursos naturales, pesca ilegal, aprovechamiento ilícito de los recursos naturales, concierto para delinquir y manejo ilícito de especies exóticas.
El comunicado oficial detalla que entre los procesados figura Raúl Alberto Cuéllar Gaitán, señalado como el cabecilla de la organización y responsable de coordinar desde Bogotá el transporte y la comercialización de la flora y fauna marina.

“En el curso de la investigación se estableció que utilizaba sus redes sociales para ofrecer peces y corales a contactos en Colombia y otros países”, señaló la Fiscalía.
De igual manera, la Fiscal del caso aseguró que “se encuentra vinculado a la organización del pago ocasión de permanencia a actos de aprovechamiento ilícito de recursos hidrobiológicos, pertenecientes a la fauna silvestre exótica, no solamente nativa de la universidad colombiana, sino también exótico o introducida”.
La funcionaria explicó además que “se ha podido establecer que no solamente realizaba aprovechamiento desde el punto de vista que, la persona que financia, dirige y coordina. El envío de estos especímenes y cada una marina desde el Caribe colombiano, específicamente desde las áreas geográficas particulares.
Los otros implicados fueron identificados como Adalberto Antonio Fonseca Cantilla y Jimmy Caraballo Barrios, según información del organismo, auspiciaban la pesca de especies exóticas en áreas marítimas de Taganga, en Santa Marta (Magdalena), y Bocachica (Bolívar).
Estos individuos inducían a buzos y pescadores locales a sumergirse en los ecosistemas marinos para extraer las especies destinadas a la venta.
Además, Yaneth Carreazo Urbina y Miguel Ángel Torres Guerra habrían recibido y almacenado los recursos naturales enviados por vía terrestre desde la Costa Atlántica hasta Bogotá.
El comunicado de la Fiscalía General de la Nación destacó también que las especies más afectadas por esta actividad ilegal incluyen el coral abanico, el coral flor, peces lorita azul, boquinete o doncella, caballitos de mar y anémonas, entre otras variedades.
Estas especies eran extraídas de su hábitat mediante métodos prohibidos, como la instalación de redes, mallas, trampas y otros elementos que impedían el libre tránsito de los especímenes.

A pesar de la contundencia de las pruebas presentadas, los imputados no aceptaron los cargos y continuarán vinculados a la investigación, según informó la Fiscalía.
Sobre el tráfico ilegal
El tráfico ilegal de especies marinas en Colombia constituye una problemática ambiental significativa que afecta la biodiversidad del país y tiene repercusiones en los ecosistemas costeros y marinos.
Entre las especies más traficadas se encuentran corales, pepinos de mar, tiburones, tortugas marinas y caballitos de mar, muchas veces extraídos para el comercio internacional, uso en la gastronomía, coleccionismo o medicina alternativa.
Legislación colombiana
En Colombia, la protección de las especies marinas está regulada principalmente por las siguientes normas:
- Ley 599 de 2000 (Código Penal): el tráfico ilegal de fauna y flora silvestre es considerado delito, sancionado con prisión de 2 a 8 años y multas. El Artículo 328 penaliza la extracción, captura, posesión, transporte, comercialización, exportación o almacenamiento de animales o plantas sin los permisos exigidos por la autoridad ambiental competente.
- Ley 165 de 1994: a través de esta ley, Colombia aprobó el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), que regula el comercio internacional de especies amenazadas.
- Decreto 1076 de 2015 (Decreto Único Reglamentario del sector Ambiente y Desarrollo Sostenible): reúne la normatividad ambiental y establece requisitos para el aprovechamiento, movilización y comercialización de recursos acuáticos y marinos.
- Ley 1851 de 2017: prohíbe la pesca, comercialización y exportación de tiburones, rayas y sus productos derivados, a excepción de la pesca incidental bajo estrictos controles.
- Ley 2111 de 2021: reformó el Código Penal, aumentando las sanciones para delitos ambientales, incluidos el tráfico de fauna y la alteración de los ecosistemas marinos.
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