
Un fuerte rechazo generaron las recientes declaraciones del alcalde de Cúcuta, Jorge Acevedo, quien sugirió a padres, madres y cuidadores “corregir a los niños a juete”, haciendo referencia al castigo físico como método de crianza.
La Defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, calificó sus palabras como “obsoletas y peligrosas”, y advirtió que este tipo de mensajes atentan contra los derechos fundamentales de la infancia.
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Durante una rueda de prensa enfocada en temas de seguridad, Acevedo abordó la problemática de jóvenes implicados en delitos como extorsión y hurto, y aprovechó el espacio para instar a los cuidadores a aplicar métodos de corrección tradicionales.
“Deles juete. Si ustedes los ven que están cogiendo mal camino a los ocho, nueve o diez años, agárrelos a juete”, dijo el mandatario, en un comentario que ha desatado una intensa polémica a nivel nacional.
La Defensora del Pueblo respondió enérgicamente a estas afirmaciones, subrayando que el castigo físico no solo es ineficaz, sino que vulnera gravemente los derechos de los niños.
“Golpear o maltratar a un niño no es ejercer autoridad, es quebrantar su humanidad”, expresó Marín. Enfatizó que la crianza debe basarse en el respeto, el diálogo y el acompañamiento, y no en la represión ni en el miedo.

Marín recordó que en Colombia el castigo físico está prohibido por la Ley 2089 de 2021, que establece de manera clara que ningún menor de edad puede ser sometido a tratos crueles, humillantes o violentos como forma de disciplina.
También citó pronunciamientos de la Corte Constitucional que reafirman que estos métodos “no corrigen, sino que degradan” y “no forman ciudadanos, sino que siembran aversión”.
<b>“La letra con sangre no entra”</b>
Con esta frase, la Defensora del Pueblo rechazó de manera contundente el enfoque del alcalde cucuteño. “Estas expresiones perpetúan patrones de violencia que Colombia ha venido combatiendo por décadas. La letra con sangre no entra. Criar es un acto de amor y confianza, no de castigo”, señaló.
Diversas organizaciones sociales, expertos en derechos humanos y ciudadanos han expresado su indignación por las palabras del alcalde, y han pedido a las autoridades locales y nacionales reforzar las campañas de sensibilización sobre la crianza respetuosa y libre de violencia.

El debate reavivado por las declaraciones de Acevedo ha puesto sobre la mesa la importancia de promover modelos de crianza basados en el afecto, la empatía y el respeto. Desde la Defensoría del Pueblo se hizo un llamado a los líderes públicos para que sus discursos estén alineados con los valores constitucionales y los compromisos internacionales de Colombia en materia de protección infantil.
“La infancia merece ser protegida, no golpeada. Las palabras del alcalde no solo van en contra de la ley, sino también del esfuerzo colectivo por garantizar una sociedad más justa y libre de violencia”, concluyó Marín.
El pronunciamiento de Iris Marín no se da en el vacío. La postura firme de la Defensora del Pueblo contra el uso del castigo físico en la crianza de menores encuentra un respaldo importante en los recientes fallos de la Corte Constitucional, que subrayan la necesidad de proteger los derechos de los niños y adolescentes en Colombia.
En su sentencia C-066 de 2022, la Corte anuló varios apartados clave de la Ley 2089 de 2021, los cuales, según el tribunal, debilitaban la protección de los menores frente a prácticas violentas y contravenían los principios constitucionales de interés superior del niño, la dignidad humana y la prohibición de la violencia.

Uno de los puntos más controvertidos que la Corte declaró inexequibles fue la posibilidad de que el castigo físico y los tratos crueles o humillantes no fueran considerados causales suficientes para la pérdida de la patria potestad o custodia, siempre que no fueran reiterativos o no afectaran la salud del menor.
La Corte argumentó que esta interpretación enviaba un mensaje de permisividad frente a las formas de maltrato y violaba el principio de que todos los niños, sin excepción, deben ser protegidos de cualquier tipo de violencia.
Al permitir que ciertas conductas violentas se consideraran tolerables, aunque no fueran continuas, la ley desmejoraba la protección integral de los menores y contradecía los principios constitucionales de dignidad y no violencia.
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