
En medio del proceso judicial que rodea al exalcalde de Medellín Daniel Quintero Calle, varios juristas han lanzado fuertes críticas contra la Fiscalía General de la Nación, al señalar múltiples deficiencias en el proceso de imputación de cargos relacionado con el predio conocido como Aguas Vivas. Este lote, ubicado entre Las Palmas y El Poblado, se convirtió en el eje de una controversia jurídica que involucra posibles irregularidades cometidas durante la administración del exmandatario local, pero que, según su equipo legal, carecen de una base jurídica suficientemente estructurada.
Uno de los abogados que se pronunció al respecto fue Cristian Salazar Reyes, egresado de la Universidad Externado de Colombia, asesor y litigante en derecho penal y disciplinario. En conversación con Infobae Colombia, el litigante enfatizó que la etapa en la que se encuentra actualmente el proceso es apenas la imputación, y que este acto debe cumplir con requisitos muy específicos desde el punto de vista jurídico.
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“Nos encontramos en una fase del proceso penal que es la imputación. Y la imputación es el acto a través del cual se comunica a la persona que está siendo procesada los hechos jurídicamente relevantes y los posibles delitos que se cometieron”, explicó Salazar. En este caso, los cargos imputados a Quintero son por los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y prevaricato por acción.

La Fiscalía acusa Daniel Quintero por los delitos de peculado por apropiación en favor de terceros y prevaricato por acción, sustentando su imputación en el caso del lote conocido como Aguas Vivas. Según el ente acusador, durante su administración el valor catastral del predio aumentó de 2.700 millones de pesos a 48.234 millones en septiembre de 2020. Posteriormente, en octubre de 2022, el terreno fue devuelto a sus antiguos propietarios mediante una resolución administrativa. Para el ente judicial, esta decisión generó un detrimento patrimonial cercano a los 40.000 millones de pesos, ya que el bien había sido previamente cedido al municipio.
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Frente a esto, Salazar sostuvo que la Fiscalía no logró cumplir con su obligación de establecer una conexión directa entre los hechos y las conductas atribuibles al exalcalde. “La imputación que hizo la Fiscalía nos parece a nosotros que es apresurada, además de farragosa y que termina en una indeterminación absoluta de esos hechos jurídicamente relevantes respecto de lo que hizo el alcalde, cuál fue su actuación. Lo que impide o imposibilita el ejercicio del derecho a la defensa”, detalló el abogado para Infobae Colombia.
De acuerdo con el abogado, uno de los puntos críticos del proceso radica en que no se especificó qué hizo exactamente el exmandatario que pueda ser interpretado como una conducta delictiva: “La carga de la Fiscalía era determinar qué fue lo que hizo el alcalde y por qué esos hechos se subsumen dentro de los delitos que decidió imputar”, afirmó Salazar, que además señaló que este vacío procesal vulnera el derecho a una defensa adecuada.
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Sobre los decretos firmados por Quintero, señalados por la Fiscalía como parte del esquema delictivo, Salazar explicó que se trataban de actos administrativos generales relacionados con el desarrollo tecnológico.
“Uno de los decretos —en particular el 412/2023—, reglamentó lo que tiene que ver con el valle del software, proyecto encaminado al desarrollo tecnológico y de innovación. La Fiscalía jamás precisó ninguna ilegalidad respecto del predio Aguas Vivas y el desarrollo del proyecto”, indicó el abogado, al argumentar que se incurrió en una confusión conceptual entre hechos jurídicamente relevantes y hechos meramente indicadores.
El abogado también explicó que los hechos expuestos por la Fiscalía no están acompañados del análisis técnico necesario para sustentar la existencia de un peculado:“Lo que tenía que hacer la Fiscalía es estudiar y exponer por qué esa actuación del alcalde constituía un peculado por apropiación a favor de tercero”, concluyendo que ese análisis “brilla por su ausencia”.
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La estrategia de la defensa se basa en solicitar al juez de control de garantías que rechace la imputación por falta de claridad y sustento jurídico. En ese sentido, Salazar destacó el papel fundamental del juez para garantizar un control material del acto de imputación. “La Corte Constitucional (...) ha dicho que los jueces constitucionales (...) pueden hacer un control más o menos amplio de actos como la imputación y la acusación”, explicó.

En la práctica, este control permite que el juez rechace la imputación si considera que no existen hechos jurídicamente relevantes suficientes para sostenerla. “Creemos que la Fiscalía realizó un ejercicio muy apresurado, muy ambiguo y no determinó hechos jurídicamente relevantes relacionados con las conductas que podría haber llegado a cometer el alcalde Daniel Quintero”, insistió el litigante.
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La posibilidad de que esta imputación tenga implicaciones en las aspiraciones políticas de Quintero, especialmente de cara a las elecciones presidenciales de 2026, fue uno de los temas de análisis en la opinión pública. No obstante, el abogado considera que, lejos de afectar su imagen, el proceso ha evidenciado una falta de sustento en la acusación.
“La imagen que ha dado, por el contrario, tanto para abogados como no abogados es que no existen hechos jurídicamente relevantes para vincular al exalcalde Daniel Quintero”, dijo Salazar, agregando que “aquí no ha habido una construcción seria y sólida de la comisión de estos delitos”.
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