
Tal y como estaba previsto, se publicó en la tarde del lunes 17 de marzo de 2025 el decreto con el que el Gobierno nacional oficializó la declaratoria de día cívico en Colombia para el martes 18 de marzo, según había adelantado el presidente de la República, Gustavo Petro, y en la que ha fomentado una serie de marchas en el país en respaldo a dos de las reformas que están trabadas en el Congreso: la reforma laboral y la de la salud.
Por intermedio del decreto 0302, firmado por el jefe de Estado, además de los ministros del Interior, Armando Benedetti; el de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo; del titular de la cartera de Trabajo y director (e) del Departamento Administrativo de la Función Pública, Antonio Sanguino, y de Educación, Daniel Rojas Medellín, se reglamentó la declaratoria en mención, que cobijará a las instituciones del orden público.
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“Declarar como ‘Día Cívico para la Participación Ciudadana’ el próximo 18 de marzo de 2025, con motivo de garantizar el legítimo derecho de la ciudadanía de expresarse públicamente en favor de las reformas sociales que mejoren su vida y garanticen su dignidad”, se leyó en el documento en mención, con el que establecieron los términos en los que se adelantará el día.
Según se indicó, las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, tanto del nivel central como del descentralizado, deberán tomar las medidas necesarias para que sus servidores públicos puedan suspender sus actividades laborales y la atención al público. Como resultado, el 18 de marzo de 2025 será considerado un día no hábil en el ámbito laboral.
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“Se exhorta a las entidades territoriales y sus entidades descentralizadas, a los entes autónomos y a las Ramas del poder legislativo y judicial, y a la ciudadanía en general a acoger lo dispuesto en el presente decreto, siendo autónomas en decidir si establecen como día no hábil el 18 de marzo de 2025, en el marco del Día Cívico para la Participación Ciudadana”, se expresó en el decreto. Así, se deja claro que no será una medida vinculante, sino que dependerá de cada entidad si se acoge o no a la medida.
¿Qué entidades no podrán sumarse al Día Cívico?
De acuerdo con lo que se precisó en el documento, los funcionarios y entidades responsables de la prestación de servicios públicos esenciales, como policía, salud pública, emergencias, atención y prevención de desastres, movilidad, seguridad y orden público, deberán continuar con sus funciones de manera habitual, sin interrupciones.
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En su argumentación, se expresó por parte del Gobierno nacional que en las elecciones del 19 de junio de 2022, “la ciudadanía en Colombia ejerció su derecho al voto y eligió un Gobierno con el compromiso de impulsar sus propuestas y llevar a cabo las reformas esperadas".

Del mismo modo, citó la Sentencia C-045 de 1996, de la Corte Constitucional, en la que definió el orden público como “derecho ciudadano”; además de la Sentencia C-009 de 2018, en la que la Corte señaló que “la reunión y la manifestación en espacios públicos (. . .) constituyen un mecanismo útil para la democracia”. A su vez, el artículo 37 de la Constitución Política, en el que prevé el derecho fundamental a reunirse y manifestarse pública y pacíficamente.
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Es por tal motivo que, de parte del Gobierno, se consideró pertinente establecer un Día Cívico, “con el propósito de brindar un espacio democrático donde la ciudadanía pueda manifestarse de manera pacífica, libre y voluntaria en las calles”, y expresar de esta manera sus aspiraciones y demandas para la materialización efectiva de las reformas sociales propuestas.
Este es el decreto 0302 de 2025, que reglamenta el Día Cívico en Colombia para el 18 de marzo:
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