El Consejo de Estado, en una decisión histórica, definió siete reglas fundamentales para revisar las sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría General de la Nación. Esta sentencia, publicada recientemente, unifica criterios con la Corte Constitucional y busca garantizar un debido proceso para los servidores públicos de elección popular.
El fallo establece que solo las sanciones de segunda instancia que impliquen destitución, suspensión o inhabilidad pueden ser revisadas, siempre que el funcionario sancionado haya ocupado un cargo de elección popular al momento de la decisión.
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Esta disposición también aplica si las faltas se cometieron durante su mandato, pero la sanción se emite posteriormente, y dicha medida le impide ocupar cargos públicos.
Las siete reglas definidas
La primera regla precisa que el recurso de revisión procede únicamente contra decisiones de doble conformidad y en situaciones que comprometan la continuidad en cargos públicos.
En segundo lugar, establece que la ejecución de las sanciones quedará suspendida mientras se resuelve el recurso de revisión, garantizando así que no se apliquen medidas hasta que se emita una sentencia definitiva.
La tercera regla otorga al servidor público sancionado un plazo de 30 días para presentar cargos, defenderse y solicitar pruebas. Durante este proceso, el funcionario puede actuar directamente o a través de un apoderado, asegurando su derecho a la defensa y al contradictorio.
Respecto al trámite judicial, la cuarta regla especifica que comienza con un auto de conocimiento que debe notificarse tanto a la Procuraduría como al sancionado. En los cinco días siguientes, la Procuraduría puede responder a los argumentos presentados por el funcionario.
La quinta regla se centra en las sentencias confirmatorias de las sanciones, indicando que estas permitirán recurrir al mecanismo de doble conformidad, regulado por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
La sexta norma señala que el recurso de doble conformidad será resuelto por la Sala Especial de Decisión que siga en orden numérico, asegurando imparcialidad en el proceso.
Por último, la séptima regla detalla que el juez contencioso administrativo debe evaluar de forma integral la constitucionalidad, legalidad y convencionalidad de las sanciones, garantizando que estas se ajusten a los principios del Estado de derecho.
Implicaciones del fallo
La decisión de la Sala Plena del Consejo de Estado contó con 20 votos, en los que 7 magistrados apoyaron completamente el fallo, 9 hicieron aclaraciones y 4 salvaron su voto. Algunos magistrados declararon impedimentos.