
Para obtener la licencia de conducción en Colombia, según la Resolución 217 de 2014, es obligatorio cumplir con varios requisitos y realizar un proceso específico de evaluación médica y psicológica. A continuación, se explican los pasos y los requisitos más importantes:
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Cumplir con los requisitos generales
La normativa establece que para solicitar una licencia de conducción para vehículos particulares se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener 16 años o más.
- Saber leer y escribir.
- Aprobar un examen teórico y práctico ante una institución habilitada por el Ministerio de Transporte e inscrita en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
- Obtener un certificado de aptitud en conducción expedido por un Centro de Enseñanza Automovilística acreditado.
Para conducir vehículos de servicio público, se debe tener al menos 18 años, cumplir con los mismos exámenes y, además, obtener una certificación adicional específica para este tipo de transporte.

Certificado de aptitud física, mental y de coordinación motriz
Este certificado es esencial para garantizar que el solicitante posee las condiciones necesarias para conducir de forma segura. La evaluación debe realizarse en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado y el proceso debe incluir:
- Pruebas de visión y audición: estas determinan si el solicitante cuenta con una agudeza visual adecuada y orientación auditiva.
- Evaluaciones de coordinación motriz: se mide la capacidad de coordinación en maniobras como aceleración y frenado.
- Pruebas de reacción: evaluación de tiempos de reacción y recuperación ante encandilamiento.
- Prueba de discriminación de colores: fundamental para detectar problemas en la percepción de señales de tránsito.
En qué casos la licencia puede ser rechazada
La Resolución 1555 de 2005, emitida por el Ministerio de Transporte de Colombia, establece las condiciones médicas que pueden impedir a una persona obtener, renovar o recategorizar su licencia de conducción, los cuales están especificados de la siguiente manera:
- Enfermedades metabólicas y endocrinas
En el caso de enfermedades endocrinas, la diabetes mellitus es un factor relevante, por lo que si la diabetes presenta inestabilidad metabólica grave que requiera hospitalización, el permiso de conducción puede ser negado.
Para personas con diabetes tratada con insulina o medicamentos hipoglucemiantes, es necesario un informe favorable de un endocrinólogo, quien debe confirmar un control adecuado de la enfermedad. En este caso, la licencia se otorgará con una vigencia de uno a cuatro años, dependiendo del control de la enfermedad.
Otras condiciones incluyen la hipoglucemia recurrente o enfermedades tiroideas y paratiroideas que presenten síntomas graves o de riesgo, que también pueden ser causa de denegación.

- Enfermedades del sistema nervioso y muscular
Las afecciones neurológicas graves como epilepsia y otros trastornos convulsivos son causas comunes de restricciones, por lo que en este caso, la licencia puede negarse si la persona ha tenido convulsiones o episodios de pérdida de conciencia en el último año.
En situaciones excepcionales, un neurólogo debe emitir un informe que certifique la estabilidad del paciente, permitiendo la conducción por períodos limitados.
Otros trastornos, como enfermedades musculares que interfieren significativamente en el control del vehículo o neuropatías graves, también limitan el acceso a la licencia.
- Enfermedades psiquiátricas y trastornos mentales
Los trastornos mentales, como la esquizofrenia, el delirium, la demencia y otros trastornos psicóticos pueden impedir la conducción cuando presentan riesgos asociados tales como alucinaciones, episodios de violencia o pérdida de coherencia.
En estos casos, un psiquiatra puede, en situaciones excepcionales, autorizar la licencia si emite un diagnóstico favorable, pero esta licencia tendrá una vigencia máxima de un año.
Los trastornos graves del estado de ánimo y los trastornos disociativos que puedan incidir en conductas peligrosas también son factores de denegación.

- Trastornos del sueño y adicciones
El síndrome de apnea obstructiva del sueño y otros trastornos que provocan somnolencia diurna excesiva, como la narcolepsia, son impedimentos para obtener la licencia de conducción.
Además, se rechaza el consumo habitual de alcohol, drogas y medicamentos que puedan afectar la capacidad de conducir con seguridad, por lo que si existe historial de abuso de sustancias, es necesario demostrar rehabilitación efectiva para que se considere la posibilidad de obtener el permiso.
- Enfermedades visuales y auditivas
Las afecciones visuales que impiden alcanzar los niveles de agudeza mínima como la visión monocular o problemas severos de discriminación de colores, son causas de rechazo.
La resolución también regula el uso de lentes correctivos, que se deben emplear durante la conducción si son necesarios para cumplir con los requisitos visuales.
En cuanto a la capacidad auditiva, hipoacusias severas no corregibles también pueden ser motivo de restricción o denegación de la licencia.

- Enfermedades cardiovasculares y respiratorias
El historial de enfermedades cardiovasculares es otra área evaluada estrictamente, pues personas con antecedentes de infarto reciente, disneas permanentes en reposo, o que han sido sometidas a intervenciones cardíacas, deben presentar informes favorables de un cardiólogo y pruebas que demuestren su estabilidad para poder acceder a la licencia, y en estos casos la vigencia de la licencia suele ser reducida.
Asimismo, enfermedades respiratorias que producen disnea con pequeños esfuerzos o alteran significativamente la capacidad de oxigenación también pueden ser un obstáculo.
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