
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) compulsará copias al general (r) Iván Ramírez Quintero, al exsuperintendente Herman Arias y a un grupo de más de 20 oficiales por su posible responsabilidad en la expansión del paramilitarismo en el departamento de Antioquia.
El general (r) Iván Ramírez Quintero ya había sido condenado a 31 años de prisión por desaparición forzada durante la toma del Palacio de Justicia, sucedida el 6 y 7 de noviembre de 1985.
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Los casos a los que hace referencia la JEP son el 03, 04 y 08, que están relacionados con desapariciones forzosas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado y crímenes cometidos por la fuerza pública.
La JEP también encontró una posible causalidad entre las muertes que se presentaron en los municipios de El Castillo, Lejanías y Granada durante 1997 y 1999, relacionadas con el exterminio de la Unión Patriótica.
Así las cosas, el tribunal de paz compulsará copias contra los generales (r) Jaime Humberto Uscátegui, Francisco René Pedraza, entre otros, señalados de facilitar la operación de los paramilitares.

“Hay elementos de prueba que permiten sostener como hipótesis que, altos mandos militares, miembros de la cúpula de la Brigada VII, así como del BIVAR y la Policía Nacional, habrían participado activamente en coordinación con los grupos paramilitares asentados en el Meta en su ejecución y encubrimiento u omitido su deber constitucional de prevenir la comisión de los homicidios”, se lee en el auto de la JEP.
Entre los otros vinculados se encuentra Blas Arvelio Ortiz Rebolledo, Miguel Ernesto Pérez Guarnizo, Jesús Alexander Rodríguez Sánchez, Benigno Esteban Piñeros Londoño, Benjamín Núñez Nuñez y Mario Gutiérrez Jiménez.
A la Fiscalía General de la Nación serán remitidos los expedientes superintendentes de Vigilancia y Seguridad Privada para los años 1995 y 1996.
A esta compulsa de copias se suma la Resolución de Conclusiones No. 03, relacionado con el Caso 03, el cual investiga asesinatos, desapariciones forzadas y que fueron presentadas como bajas en combate entre enero de 2002 y julio de 2005 por agentes del Estado.
El caso 03 involucra al batallón de artillería No. 2, mejor conocido como La Popa. En este se registraron 135 crímenes en 77 ocasiones diferentes, principalmente en los municipios del Cesar y La Guajira.
En total son doce uniformados judicializados, de los cuales ocho fueron imputados por tortura y siete por persecución.
La JEP incluirá entre las decisiones clave el crimen internacional de tortura, motivo por el cual varios responsables deberán ser juzgados por este delito.

“Una imputación completa asegura que los comparecientes serán juzgados y sancionados por todas las conductas cometidas, evitando así que tales discusiones se reabran en el futuro. En otras palabras, garantiza la verdad más amplia y exhaustiva, fundamental para una adecuada reconstrucción del daño ocasionado a las víctimas, las comunidades y el Territorio”, explicó la Jurisdicción Especial para la Paz.
Además, se solicitó a la Sala de Reconocimiento una lista de presuntos responsables no obligados a comparecer ante la JEP, con el propósito de que inicien acciones en la justicia ordinaria.
La JEP señalo que “algunas de las víctimas eran integrantes de los Pueblos Indígenas wiwa y kankuamo, así como de los Consejos Comunitarios Kusuto Ma-Gende y José Prudencio Padilla. Otras eran campesinas y otras en situación de vulnerabilidad o de discapacidad”.
Por tal motivo, la JEP subrayó la necesidad de brindar acompañamiento psicosocial a las víctimas, respetando sus culturas, con el propósito de facilitar la compresión del proceso.
El documento consta con más de diez artículos, dejando evidencia la decisión de la Jurisdicción Especial para la Paz.
Sobre estos hechos, la JEP adelanta un juicio contra el coronel (r) Publio Hernán Mejía Gutiérrez, acusado de cometer 72 ejecuciones extrajudiciales (falsos positivos), ocurridos entre diciembre de 2001 y enero de 2003, cuando este se desempeñaba como comandante del Batallón de La Popa, de Valledupar, Cesar.
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