
El Consejo de Estado anuló el nombramiento de José Medardo Prieto Suárez como comisionado encargado en la Comisión de Regulación de Energía y Gas (Creg). Esta decisión responde a una demanda que argumenta que Prieto Suárez no cumplía con los requisitos legales para ocupar el cargo de manera provisional.
La decisión del alto tribunal se suma a una serie de pronunciamientos recientes de la Procuraduría y otras entidades que han exhortado al Gobierno de Gustavo Petro a designar los comisionados faltantes en la Creg.
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El fallo establece en su resolución: “DECLARAR LA NULIDAD del Decreto 2004 del 21 de noviembre de 2023, por medio del cual el presidente de la República nombró, en encargo, al señor José Medardo Prieto Suárez como experto comisionado, código 0090, de la planta de personal de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG)”. En el mismo sentido, el Consejo de Estado recalca que el nombramiento como “encargado” en una entidad como la CREGno es procedente debido a que estos cargos son de dedicación exclusiva, prohibiendo designaciones temporales o en encargo por parte del Ministerio o entidades del sector.

El tribunal subrayó que permitir el encargo de Prieto podría comprometer la independencia de la Creg frente al Gobierno. En palabras del Consejo de Estado, “en criterio mayoritario de esta Sala, permitir el encargo daría lugar a que el presidente de la República desconozca la necesidad de contar con un período fijo en beneficio de la independencia de la comisión en el ejercicio de su función regulatoria, pues quien llega al cargo en dichas condiciones se encuentra sujeto directamente a la facultad del nominador y puede ser removido en cualquier momento”. Esta afirmación pone de manifiesto la importancia de mantener la autonomía de los comisionados para asegurar un funcionamiento eficaz y libre de presiones externas.
Así las cosas, si bien Prieto asumió como comisionado encargado en la Creg en noviembre de 2023, mientras se desempeñaba como asesor en el Ministerio de Minas y Energía; la decisión del Consejo de Estado, que no admite recurso alguno, lo deja por fuera del cargo reforzando la importancia de ajustar las designaciones a los requisitos de exclusividad que exige el rol en la Creg.

Con la anulación de Prieto, ya son cuatro los comisionados que han sido apartados de sus funciones por no cumplir con los requisitos necesarios, ya sea por falta de experiencia técnica o por mantener cargos en otras áreas del gobierno. Los otros comisionados removidos son Manuel Peña Suárez, Omar Fredy Prías y Baisser Antonio Jiménez Rivera.
Sanción al presidente Gustavo Petro
El 3 de octubre, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró en desacato al presidente Gustavo Petro y le impuso una multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes, la cual deberá ser pagada en un plazo de diez días. Esta sanción se deriva del incumplimiento de un fallo emitido el 25 de enero de 2024, que ordenaba al presidente realizar los nombramientos en propiedad de seis comisionados para la Creg.
El tribunal exigió al jefe de Estado que informe sobre el cumplimiento de esta decisión y que adjunte los actos administrativos relacionados con los nombramientos de los seis expertos energéticos. Este escenario plantea un desafío significativo para la administración de Petro, que se ve presionado no solo a restaurar la credibilidad de la Creg sino también a garantizar que los nombramientos se realicen conforme a la legalidad y los estándares exigidos.

En definitiva, garantizar una Creg independiente es fundamental para promover una gestión energética que responda a los intereses del país y a las necesidades de los ciudadanos, sin inmediaciones del gobierno actual que puedan influir en las decisiones de la comisión.
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