
El representante David Racero fue notificado de la admisión en el Consejo de Estado de una demanda que busca sacarlo del Congreso, porque habría violado los topes de financiación dentro de la coalición del Pacto Histórico en más del doble de lo permitido.
“Fui notificado de una demanda por pérdida de investidura (lo que me generaría muerte política y nunca más podría presentarme a elecciones). La razón: supuestamente haber superado los techos de gasto electoral”, señaló el expresidente de la Cámara de Representantes.
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La demanda fue presentada por Yoad Ernesto Pérez Becerra y Jorge Heriberto Moreno Granados, quienes señalaron que Racero “superó el límite máximo de gastos autorizados de las campañas, fijado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para las listas inscritas a la Cámara de Representantes por la circunscripción referenciada, para las elecciones 2022-2026″.

Racero recibió el aval del Movimiento Alternativo Indígena y Social (MAIS) para ser parte de la lista del Pacto Histórico a la Cámara por Bogotá, en la que se encontraban otros 18 candidatos aspirantes a la misma jurisdicción por la coalición del actual Gobierno.
Según dice la demanda, para esas elecciones, el CNE había autorizado una suma de $20.093.516.658 para gastos de financiación. Para los demandantes, esa suma era el tope para cada organización política, por lo que al haber 18 candidatos, cada uno solamente podía gastar $1.116.306.481 en su campaña.
“A pesar de ello, argumentaron que la organización política en comento, mediante formulario 7.2B2, reportó que el congresista demandado relacionó gastos por el monto de dos mil cuatrocientos noventa y cinco millones cuatro mil ochocientos ochenta y ocho pesos ($2.495.004.888), escenario que, según lo exponen en la demanda, superó el límite máximo de gastos autorizados”, sostiene el documento.
Racero habría reportado financiación a través de un crédito con Confiar Cooperativa Financiera por $1.600.000 millones de pesos, más $981.059.040 que reportó como créditos particulares y una donación de dos millones de pesos.
Debido a estas cuentas de la financiación de Racero Mayorca a su aspiración a la Cámara de Representantes, los demandantes aseguran que debe perder su investidura.
“Adujeron que el accionado debe ser sancionado a título de culpa grave, porque, según se afirma por los actores, resulta reprochable que el congresista Racero, quien, a su juicio, ostenta una sólida formación académica, no fuera consciente de las implicaciones legales y éticas de su comportamiento, el cual propició que se superaran los topes máximos de financiación y gastos autorizados por la ley”, afirmaron.
Para el representante Racero, las cuentas están mal hechas. “La demanda infundada asimila los gastos de una lista cerrada colectiva donde no se vota por candidatos particulares (y del cual yo era cabeza de lista) como si fuera una lista preferente de candidatos individuales”, señaló.
El Pacto Histórico conformó una lista cerrada, es decir que cada uno de los candidatos no aparecían en el tarjetón, únicamente el logo del partido, por lo que no pueden atribuirse los gastos únicamente al representante. Además, Racero asegura que “el CNE avaló totalmente la cuentas presentadas”, por lo que espera que “el Consejo de Estado juzgue en derecho”.
Racero sostiene que existe un vacío en la norma respecto a los gastos e ingresos de las listas cerradas, por lo que los demandantes se han aprovechado de esa falta de reglamentación clara para buscar afectar a la bancada legislativa del Gobierno.

“Hay un proceso de persecución política hacia los congresistas del Pacto Histórico y esperamos que el Consejo de Estado juzgue en derecho”, afirmó Racero a Noticias UNO, en referencia a los procesos de pérdida de investidura que sacaron a los senadores Alexander López Maya y Roy Barreras del Congreso de la República.
El representante, quien fue elegido primer presidente de la Cámara para el Gobierno de Petro, señaló que los gastos de campaña fueron para toda la lista que representó un porcentaje inferior al tope establecido por la autoridad electoral y posteriormente avalado para la correspondiente reposición de votos.
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