
El Ministerio de Salud presentó un extenso proyecto de resolución destinado a reglamentar la eutanasia y la adecuación de esfuerzos terapéuticos.
Este documento busca establecer las directrices que los prestadores de servicios de salud deberán seguir en caso de que la propuesta de reforma de la salud sea aprobada.
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En el núcleo se subraya la necesidad de que la solicitud de eutanasia sea “autónoma, voluntaria, informada, inequívoca y persistente”. Este acto puede ser expresado de manera directa por el paciente, ya sea verbalmente o por escrito, o indirectamente mediante un “Documento de Voluntad Anticipada (DVA)”. La intención es clara: garantizar la expresión libre y plenamente informada de aquellos que, debido a su condición, puedan encontrar dificultades para comunicar su deseo.

La propuesta establece requisitos mínimos para solicitar la eutanasia, que incluyen la presencia de una condición de salud extrema, sufrimiento intratable e irremediable y la capacidad de expresar la solicitud de manera directa. Ante cualquier duda por parte del médico, se activa un Comité Científico-Interdisciplinario para el Derecho a Morir con Dignidad a través de la eutanasia.
Todos los médicos son competentes para recibir una solicitud de eutanasia, eliminando así limitaciones basadas en especialidades médicas. La solicitud, independientemente del contexto asistencial, debe quedar registrada, explícita y fechada en la historia clínica del paciente.
En un esfuerzo por promover la inclusión, el proyecto reconoce el derecho de los menores de 18 años a solicitar la eutanasia, con condiciones adicionales. Los recién nacidos, niños entre 6 y 12 años (a menos que cumplan condiciones específicas) y aquellos con incapacidad para tomar decisiones debido a trastornos mentales o neurocognitivos quedan excluidos. El artículo aborda detalladamente los requisitos para los menores, considerando su desarrollo cognitivo y madurez, así como la necesidad de la concurrencia de quienes ejercen la patria potestad.
Una vez identificados los requisitos, el médico debe informar al paciente sobre cuidados paliativos y la posibilidad de desistir en cualquier momento. Si el paciente persiste, se inician evaluaciones detalladas, incluyendo la capacidad mental, el sufrimiento, la condición de salud extrema y la inexistencia de alternativas razonables de tratamiento.

Destaca un escenario crucial: la posibilidad de rechazo por parte del Comité Científico-Interdisciplinario. Esto podría ocurrir en casos donde la solicitud no se realice de manera libre e informada, cuando es expresada por un tercero sin un DVA, o si falta información sobre el ejercicio de derechos al final de la vida. Ante una negativa, el paciente puede solicitar una segunda opinión, cerrando así un proceso que garantiza exhaustividad y responsabilidad.
En caso de aprobación y cumplimiento de todos los requisitos, el paciente puede definir la fecha de realización del procedimiento, coordinando con el personal encargado y manteniendo sesiones de seguimiento del Comité hasta la realización del acto.
Este proyecto de resolución representa un paso significativo hacia la humanización de la atención médica, reconociendo la autonomía y dignidad de los pacientes en situaciones extremas. Pese a eso, hay voces en contra.
Este debate sobre la eutanasia, plantea preguntas fundamentales sobre la autonomía, el respeto a la vida y la compasión en el ámbito médico. A medida que esta propuesta avanza hacia una potencial implementación, la sociedad se encuentra en un cruce de caminos, donde el diálogo y la reflexión se vuelven imperativos para forjar un camino ético y equitativo hacia un derecho digno en los momentos más difíciles de la existencia humana.
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