
Con la llegada de las vacaciones invernales y de las fiestas por Navidad y Año Nuevo, muchas personas viajarán en unidades de autobuses a distintos destinos de la república mexicana. Por lo que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) compartió mediante sus redes sociales información sobre las dudas que pueden tener los viajeros que usan este medio de transporte.
La Profeco compartió las recomendaciones para que las personas que viajan puedan conocer sus derechos y que los hagan valer, que sepan la cantidad de equipaje que pueden traer consigo mismos. “Equipaje. Puedes conservar en tu poder los bultos que por su volumen y su naturaleza pueden llevarse a bordo sin que ocasionen molestias a los pasajeros ni comprometan la seguridad”, se lee en el post.
Asimismo, la Procuraduría especificó el peso límite de equipaje por cada persona, sin que se les cobre un cargo extra por exceso de carga: “También tienes derecho a que se te admita en el mismo vehículo, como equipaje y libre de pago por cada boleto, un máximo de 25 kilogramos debidamente empacados. La empresa te debe proporcionar el comprobante que ampare tu equipaje”, notificó.

En tanto, Profeco también dio otras recomendaciones a los consumidores que tienen decidido viajar en autobús, en los ámbitos de términos y condiciones: “Revisa que correspondan a la clase y tipo de servicio pagado. Deben respetarte horario y tipo de servicio contratado” se lee en la publicación.
En cuestión de los precios, las empresas que ofrecen el servicio de transporte de autobuses deben mostrar a la vista del público y respetar los diferentes costos de los viajes. Es importante que el viajero conserve su boleto durante el trayecto y después de concluir, “ya que será el comprobante para cualquier aclaración de queja. No se puede aplicar ajuste alguno a los boletos adquiridos con anterioridad a un incremento tarifario”, notificó.
Profeco también dio a conocer cuántas maletas puedes llevar en un avión sin pagar extra
En otra de las publicaciones que compartió la Profeco, se especificaron los derechos de los consumidores que viajan en avión. En cuestión de equipaje, las personas pueden “transportar como mínimo y sin cargo alguno 25 kilogramos de equipaje en aviones con capacidad de 20 pasajeros o más, y 15 kilogramos cuando tengan menor capacidad”.
La aerolínea tiene el derecho de solicitar un pago adicional en el supuesto de que exceso de equipaje, mismo que “debe ser transportado de acuerdo con la capacidad disponible del avión. Es importante que las personas sepan que se les dará un comprobante por cada maleta o bulto. En tanto, si el viajero decide aborda sin equipaje, la línea aérea puede ofertar tarifas preferenciales.

En la cabina, cada persona puede llevar hasta dos piezas de equipaje de mano, “de dimensiones no mayores a 55 centímetros de largo, 40 centímetros de ancho, y 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no supere los 10 kilogramos. Siempre y cuando por su naturaleza y dimensiones no disminuyan la seguridad y la comodidad de los demás pasajeros”, se lee en el post.
Cabe destacar que la aerolínea solo puede solicitar un pago por peso y dimensiones adicionales del equipaje de mano. “En servicio aéreo internacional, la documentación de equipaje queda sujeta al tratado internacional aplicable”, finalizó Profeco en su publicación.
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