
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó retirar de diversas plataformas digitales un comunicado promovido por diversos jefes y jefas de ejecutivos locales que promueven la Revocación de Mandato, pues fueron calificados como propaganda en periodo prohibido.
A través de un comunicado oficial emitido este miércoles 16 de febrero, el instituto a cargo de Lorenzo Córdova especificó que, derivado de una queja presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) contra la jefa de gobierno de la Ciudad de México y las y los gobernadores de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Michoacán, Morelos, Nayarit, Puebla, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, se hace promoción indebida del proceso consultivo ciudadano.
De tal forma que el INE instruyó a los involucrados bajar el contenido mencionado, mismo que se subió a redes sociales el domingo 13 de febrero en apoyo a la administración federal encabezada por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

En consecuencia, Claudia Sheinbaum, jefa de gobierno de la Ciudad de México arremetió contra la determinación del organismo electoral y sentenció que, aunque baje el contenido expresado el domingo, su convicción continuará siendo la misma.
Y es que la Comisión del INE dictó la procedencia de las medidas cautelares al advertir que, “en apariencia del buen derecho, se trata de una acción concertada y consentida por personas servidoras públicas para difundir, de forma expresa y preponderante, logros y acciones del gobierno federal y de quien lo encabeza, considerada como propaganda gubernamental prohibida en el marco del proceso de Revocación de Mandato en curso”.

Cabe recordar que este periodo prohibido quedó determinado desde la legislación de la Ley General de Revocación de Mandato, en la que se expresó que existirá un lapso en el que única y exclusivamente el INE será el organismo constitucional facultado para promover este ejercicio consultivo. Asimismo, se especificó que éste comprenderá del 4 de febrero hasta el 10 de abril, cuando termine la dinámica ciudadana.
Bajo esta misma óptica, cabe recordar que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que López Obrador debe de abstenerse de hacer cualquier tipo de promoción al proceso de la Revocación de Mandato.
Y es que el martes 15, el Tribunal Electoral coincidió de conformidad con el acuerdo ACQyD-INE-13/2022 del INE, en el que se instruye al jefe del ejecutivo federal no realizar ningún tipo de expresión sobre la Revocación de Mandato.

Al igual que con la instrucción a los gobernadores, esta determinación del INE salió tras una queja presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD), donde condenó algunas declaraciones de AMLO en el transcurso de la conferencia matutina del 2 de febrero.
En consecuencia, el mandatario, el Coordinador General de Comunicación Social de Presidencia de la República, el Vocero del Gobierno de la Federal, el Director del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales y el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) interpusieron recursos de revisión del procedimiento especial sancionador para revisar el acuerdo del INE, por lo que el expediente llegó a la máxima autoridad electoral mexicana.
Felipe Alfredo Fuentes Barrera, magistrado del TEPJF, fue el encargado de promover el proyecto de resolución y advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte de López Obrador, consistente en utilizar las mañaneras para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente.
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