
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió de manera parcial el “decretazo” del presidente Andrés Manuel López Obrador, el cual declara que toda obra de infraestructura durante su gobierno sea considerada como asunto de “interés público” y de “seguridad nacional”.
Y es que la tarde de este martes el ministro Juan Luis González Alcántara rechazó clasificar como “reservada” toda información pública de los proyectos insignia de AMLO como los son el Tren Maya, en el sureste mexicano; el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, en el Estado de México; y la refinería de Dos Bocas, en Tabasco, entre otros.
Lo anterior al admitir a trámite la controversia constitucional interpuesta por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), y conceder suspender parcialmente la aplicación del acuerdo presidencial del pasado 22 de noviembre. Así lo detalla el acuerdo publicado por el máximo tribunal del país:
Esto significa que, para mantener en reserva alguna información sobre dichas megaobras, las autoridades a quienes se requieran dichos datos tendrán que argumentar legalmente las razones de seguridad nacional que sustenten su decisión.
En el mismo acuerdo, se niega la suspensión en lo que hace a sí considerar la como de seguridad nacional dichos proyectos para efectos de que todas las dependencias de la administración pública federal otorguen los dictámenes, permisos y licencias necesarias para su realización.

Cabe mencionar que, la suspensión es sólo una medida cautelar, y estará vigente hasta que la SCJN resuelva si el acuerdo presidencial es o no constitucional.
Tanto el INAI como el Ejecutivo pueden impugnar la suspensión ante una Sala de la Corte, pero pasarán varios meses para una sentencia, pues el Poder Judicial inicia este 16 de diciembre su receso de fin de año.
En cuanto al trámite de fondo de la controversia, para que la Corte resuelva si el Acuerdo viola la Constitución o las leyes federales, pueden pasar de uno a dos años para que se dicte el fallo final.
El INAI es el único órgano publico que ha impugnado el llamado “decretazo” ante la Corte, aunque hay otros que están facultados para ello.
En el oficio INAI/DGAJ/2637/2021, el INAi argumenta que catalogar las obras como “de seguridad nacional”, puede vulnerar el derecho a la información y “provoca indudablemente inseguridad, incertidumbre e impredictibilidad jurídica”.
Las y los comisionados del INAI aclararon que el Instituto no se pretende que se suspendan las obras o proyectos de infraestructura, sino que, por el contrario, consideran que se trata de asuntos de la mayor relevancia nacional.
Las criticas al decreto
En las últimas semanas, varios políticos, empresarios y periodistas han expresado en redes sociales en los que el decreto de AMLO es ilegal y atenta contra el derecho de acceso a la información, pues consideran que el objetivo es evadir las obligaciones en materia de transparencia, así como evitar amparos, lo que atenta contra varios derechos humanos.

Desde que inició la construcción del aeropuerto Felipe Ángeles, el Tren Maya y la refineria de Dos Bocas, organizaciones civiles y políticos de oposición han presentado amparos para frenar sus construcciones por distintos motivos: desde impacto ambiental y apropiación del territorio hasta el uso de recursos públicos.
Por si fuera poco, la prensa ha exhibido irregularidades como, precisamente, la adjudicación directa y restringida para adquirir bienes y servicios en su construcción.
Pese a lo anterior, los senadores de Morena, aseguran que el decreto es legal y adecuado y su objetivo es “terminar con los moches, la corrupción” que constituye la tramitología heredada por los gobiernos del pasado, según el senador César Cravioto.
Afirmó que la oposición rechaza el decreto porque “quiere impedir que el presidente López Obrador cumpla sus promesas” y entregue en tiempo los proyectos de infraestructura que lleva a cabo.
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