
Este miércoles 8 de diciembre se informó que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) será el organismo autónomo que arremeterá legalmente contra el controversial “decretazo” de AMLO.
Esto en virtud que la controversia constitucional promovida por algunos miembros del Senado de la República fue declarada como no procedente por parte de la Mesa Directiva de este apéndice legislativo federal.
De este modo, el decreto promovido por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO), el cual tipifica a las obras y proyectos de infraestructura nacional como de interés público y seguridad nacional, será revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) gracias a la intervención de este instituto.

Ante un panorama técnico especializado, se debe de entender por qué el Senado de la República se vio imposibilitado para actuar contra el “decretazo” y por qué un organismo descentralizado sí puede acudir a la SCJN.
En primer lugar se debe de entender qué es lo que promulgó el presidente López Obrador en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de noviembre de este año, pues con base en el Artículo 89 constitucional, el mandatario promulgó un decreto que tipifica a las obras prioritarios y/o estratégicas para el desarrollo nacional como de interés público y seguridad nacional.
Con esto, los desarrollos de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduanero, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades energético, puertos y aeropuertos quedarán “bajo llave”, es decir, no serán del escrutinio público, lo cual se puede interpretar como un atentado contra la transparencia.

De tal modo que la oposición en el Senado de la República quiso promover una controversia constitucional; sin embargo, de acuerdo con Olga Sánchez Cordero, presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores, estableció que no entra en competencia del legislativo porque “es inexistente el principio de agravio respecto del Senado”.
Con esta interpretación, la presidenta de la Cámara Alta frenó el intento de los 53 senadores que buscaban detener el decreto promovido por el ejecutivo federal.
Finalmente, el Inai informó que sí procederá contra el decretazo, esto en virtud de que ellos sí pueden demostrar un agravio de acuerdo a sus competencias institucionales. Esto porque es el órgano descentralizado del gobierno encargado de vigilar que se haga cumplir la transparencia en México, esto en virtud de evitar casos de opacidad que pudieran derivar en actos de corrupción.

De acuerdo con su página oficial, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) es el organismo constitucional autónomo garante del cumplimiento de dos derechos fundamentales: el de acceso a la información pública y el de protección de datos personales.
Esta dependencia garantiza que cualquier autoridad en el ámbito federal, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, fondos públicos y sindicato; o cualquier persona física, moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad te entregue la información pública que solicites.
Asimismo, promueve el uso adecuado de los datos personales, así como el ejercicio y tutela de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición que toda persona tiene con respecto a su información. Y en caso de que se vulneren cualquiera de estos principios, es la autoridad competente para defenderlos y acudir ante la máxima autoridad judicial en la República para hacer valer esta garantías.
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