
Recientemente, en la Cámara de Diputados se aprobó la Miscelánea Fiscal 2022, lo cual ha generado dudas en la ciudadanía sobre cómo impactará la incorporación de las nuevas disposiciones del Gobierno de México en sus bolsillos y en su economía familiar.
Algunas de las iniciativas que quedaron asentadas en el documento propuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y que han generado polémica son la obligatoriedad del trámite del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y el nuevo Régimen Simplificado de Confianza, al cual tendrán que tributar todos los propietarios de pequeños negocios desde enero del próximo año.
Otro rubro que ha generado inquietud en la ciudadanía son las transacciones monetarias, ya sean en efectivo o mediante transferencias electrónicas, las cuales podrían generarte problemas con el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y en tu declaración de ingresos.

En este sentido y, de acuerdo con lo estipulado por el Código Fiscal de la Federación (CFF), las autoridades fiscales tienen la facultad para considerar como ingresos acumulables y valor de actos o actividades omitidas los depósitos realizados en las cuentas bancarias de los contribuyentes.
El pasado 23 de abril, la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) aprobó la tesis en la que se establece como una responsabilidad del contribuyente explicarle al SAT que realizó traspasos entre cuentas bancarias y que no se trata de depósitos que pueden ser confundidos con ingresos.
Según lo mencionado en el documento titulado Traspaso entre cuentas bancarias - Forma de acreditarlos cuando se realice la determinación presuntiva en términos del Articulo 59, Fracción III del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes están obligados a probar que el dinero proviene de otra de sus cuentas bancarias y no de un tercero; por lo que se deberá aclarar los traspasos presentando ante el SAT los siguientes documentos:
1. Estados de cuenta
2. Papeles de trabajo
3. Copia del recibo en donde se especifique el monto y la cuenta de donde proviene el depósito, forma de pago, número de cheque o reporte de transferencia, número y nombre de la cuenta bancaria abierta a su nombre
Además de esta documentación, los contribuyentes deberán contar con una prueba pericial contable con el que se verificarán y corroborarán los siguientes aspectos: el registro de cada operación, la correspondencia de cantidades entre sus cuentas y que no aumentó su patrimonio.

Cuáles son las diferencias entre transferencias y traspasos
Es importante resaltar que no deben confundirse las transferencias con los traspasos, ya que son operaciones bancarias diferentes. Según el sitio especializado Rankia, la primera diferencia entre ambas transacciones es que el traspaso, también denominado como “transferencia interna”, implica solamente a una institución bancaria.
“Es el caso de una persona que tenga varias cuentas en la misma caja o banco, y decida enviar dinero de una a otra (…) La operación, además de realizarse entre las cuentas de un mismo titular, se puede hacer entre distintas cuentas de diferentes titulares, pero dentro de una misma entidad bancaria”, se señaló en el sitio web especializado en finanzas y economía.
Por su parte, las transferencias son envíos de dinero realizados a la orden de un cliente desde su cuenta bancaria en una entidad (ordenante) a otra designada (beneficiario). Asimismo, existen diferentes sistemas y operadores de transferencias electrónicas proporcionan una variedad de opciones relativas a la inmediatez y la firmeza de la liquidación y el costo, el valor y volumen de las transacciones.
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