Propusieron ley de uso de cubrebocas nacional: contempla tiempo en prisión para quien no lo porte

Los establecimientos, oficinas gubernamentales y hospitales deberán de reservarse el derecho de admisión a quienes incumplan con estas medidas, en caso de aprobarse

Compartir
Compartir articulo
(Foto: Cuartoscuro)
(Foto: Cuartoscuro)

La diputada Frida Esparza y el diputado Antonio Ortega, ambos del opositor PRD (Partido de la Revolución Democrática), impulsan una iniciativa que plantea expedir la Ley para el Uso de Cubrebocas y Medidas Sanitarias para la Prevención de COVID-19, y sancionar su incumplimiento incluso con tiempo de cárcel.

El documento, enviado esta semana en la Cámara de Diputados a las comisiones de Salud, para dictamen, y a la de Presupuesto y Cuenta y Cuenta Pública, para opinión, busca la prevención y control de transmisión de la enfermedad COVID-19 mediante el uso de la mascarilla.

El documento señala que los establecimientos, oficinas gubernamentales y hospitales deberán de reservarse el derecho de admisión a quienes incumplan con estas medidas.

Además, establece como obligatorio el uso de cubrebocas de grado comercial en espacios públicos o con concentraciones mayores a diez personas, incluidos lugares de culto religioso, centros de trabajo, instituciones educativas, plazas comerciales, centros de salud y medios de transporte público.

La propuesta de la diputada Esparza ya está en comisiones de Salud y de Presupuesto en San Lázaro (Foto: Cortesía Cámara de Diputados)
La propuesta de la diputada Esparza ya está en comisiones de Salud y de Presupuesto en San Lázaro (Foto: Cortesía Cámara de Diputados)

Asimismo, determina que el uso de cubrebocas de grado médico será para personal que labore en hospitales, centros de salud, consultorios dentales y, en general, en cualquier espacio donde exista un contacto directo e intensivo con personas probables portadoras del virus SARS-CoV-2.

También define que quedará excluida del uso de cubrebocas cualquier persona que presente recomendación de no uso, misma que deberá estar firmada por el médico responsable y su cédula profesional. Este documento será presentado a quienes estén a cargo del control de acceso a los lugares y a las autoridades que así lo requieran.

El uso de cubrebocas en menores de doce años de edad, deberá ser bajo la supervisión de un adulto. El documento también indica que, concluida la vida útil de los cubrebocas elaborados con materiales desechables, estos serán destruidos y colocados en una bolsa aislante para su desecho.

Además, precisa las medidas sanitarias de prevención como el lavado constante de manos con agua y jabón, la aplicación de desinfectante en manos, la desinfección constante de superficies de uso compartido, el lavado de cubrebocas reusable, al menos una vez por día.

El uso de cubrebocas comerciales sería obligatorio en sitios donde haya más de 10 personas, como plazas comerciales y establecimientos (Foto: Cuartoscuro)
El uso de cubrebocas comerciales sería obligatorio en sitios donde haya más de 10 personas, como plazas comerciales y establecimientos (Foto: Cuartoscuro)

Las medidas de sana distancia dictadas por el Consejo de Salubridad General –no tocarse nariz ni cara, cubrir con un pañuelo desechable o con el antebrazo la nariz y boca al estornudar o toser, y no saludar de mano, beso o abrazo– también son consideradas en la propuesta.

Plantea sanciones para quien no acate esta legislación, las cuales contemplan una amonestación con apercibimiento en caso de no cumplir por primera vez, una multa de una hasta cinco veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, de unos 450 pesos (unos USD 22) a quien se resista al apercibimiento y un arresto hasta por doce horas por reincidir.

Señala que los servicios de seguridad privada y las administraciones de los establecimientos comerciales tendrán la obligación de hacer cumplir esta ley. para ello, deberán pedir ayuda a las autoridades.

Los lugares y establecimientos sujetos a la presente ley deberán señalar de manera clara y enfática las medidas que exigirán para el acceso a las instalaciones. Las autoridades federales, estatales y municipales difundirán la obligatoriedad y el uso correcto del cubrebocas.

El castigo más severo contemplado en la iniciativa es de hasta 12 horas de prisión (Foto: José Pazos/ EFE)
El castigo más severo contemplado en la iniciativa es de hasta 12 horas de prisión (Foto: José Pazos/ EFE)

En la iniciativa se considera que hasta que se logre completar la vacunación en toda la población es primordial generar disposiciones claras y obligatorias para el uso del cubrebocas.

En México, las medidas generales para la contención de la pandemia no son homólogas, ya que en entidades como Coahuila, Sonora, Zacatecas, Morelos y Michoacán se crearon leyes para el uso obligatorio de cubrebocas, mientras que en Nuevo León, Estado de México y la Ciudad de México hay acuerdos para solicitar el uso de mascarillas y adoptar las medidas de sana distancia.

Hasta este martes 4 de mayo de 2021, las autoridades sanitarias registraron un total de 217,740 defunciones desde el inicio de la emergencia sanitaria y 395 nuevas defunciones originadas por la enfermedad de COVID-19 en las últimas 24 horas.

De acuerdo con los datos del informe técnico, en las últimas 24 horas hubo un registro de 3,064 nuevos casos, con lo cual existe un total de 2,352,964 contagios confirmados acumulados desde el inicio de la pandemia por coronavirus.

SEGUIR LEYENDO: