Así fue la contundente respuesta del INAI a AMLO por su impugnación al padrón de celulares

El Instituto de Transparencia aseguró que su decisión de interponer una acción de inconstitucionalidad responde al interés de las personas y sus derechos justamente en contra de empresas de telecomunicaciones

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El Pleno del INAI interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN contra el padrón de usuarios de celulares (Foto: Cortesía INAI)
El Pleno del INAI interpuso una acción de inconstitucionalidad ante la SCJN contra el padrón de usuarios de celulares (Foto: Cortesía INAI)

El Instituto de Transparencia mexicano respondió este viernes a los ataques del presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, en lo que significó una rara expresión del organismo autónomo ante los cuestionamientos desde Palacio Nacional.

El mandatario mexicano había manifestado esta semana que el INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales) actuaba en favor de las compañías telefónicas al decidir impugnar la creación de un padrón nacional de usuarios de celulares que será obligatorio y requerirá datos biométricos entre otras cosas.

El organismo autónomo aseguró que “defiende la privacidad de las personas y los datos delicados de los ciudadanos”. “Por lo que es mentira que la decisión de interponer una acción de inconstitucionalidad contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión por la que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) favorece a las empresas de telefonía”.

AMLO respondió a Muñoz Ledo y su frente en defensa de la Constitución (Video: Gobierno de México)
Este organismo autónomo tiene como mandato constitucional promover y garantizar los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, por lo que su actuar se centra en defender y hacer que estos dos derechos humanos sean respetados en todo momento

La determinación del Pleno del INAI de interponer la acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de la reforma fue en defensa de las y los ciudadanos, que verán afectados sus derechos por la obligación de proporcionar sus datos biométricos, para ser inscritos en el PANAUT, añadieron en un comunicado.

“Lo anterior, ya que no se especifica en la disposición legal referida qué datos biométricos se incluirán en el padrón, quién o quiénes los van a recabar, bajo qué medidas de seguridad se efectuará ese procedimiento, y tampoco se establece qué tratamiento se le va a dar a esta base de datos”, explicaron.

Además, el INAI precisó que hacer uso de este medio de control constitucional está prevista en el artículo 105 de la Constitución política mexicana, precisamente, con la finalidad de que el Instituto la ejerza cuando advierta que alguna norma vulnera o pone en riesgo los derechos que le corresponde tutelar.

La impugnación contra el padrón es en favor de los ciudadanos para proteger sus derechos de privacidad, indicó el INAI (Foto: Cuartoscuro)
La impugnación contra el padrón es en favor de los ciudadanos para proteger sus derechos de privacidad, indicó el INAI (Foto: Cuartoscuro)

En este caso, detallaron, el INAI llevó a cabo un análisis minucioso de la reforma y advirtió que diversas disposiciones afectan no solo el derecho a la protección de datos personales, sino también el de acceso a la información.

“Muestra de que el actuar este organismo garante responde al interés de las personas y la defensa de sus derechos son las resoluciones emitidas por el Pleno, justamente, en contra de empresas de telecomunicaciones ante las denuncias presentadas por la ciudadanía por la vulneración de sus datos personales”, remarcó el Instituto.

López Obrador además había indicado que los organismos autónomos como el INAI “y muchos más” se crearon “para defender a grupos de intereses creados, a las grandes empresas y a los que se dedicaban a saquear al país”.

El INAI incluso mencionó que su impugnación iría contra las empresas privadas, que son las que solicitarán los datos privados (Foto: Cuartoscuro)
El INAI incluso mencionó que su impugnación iría contra las empresas privadas, que son las que solicitarán los datos privados (Foto: Cuartoscuro)

Ante esto, el INAI recordó que es un organismo constitucional autónomo, con especialidad técnica que, en el ejercicio independiente de sus funciones, ha regulado, de manera objetiva, la protección de datos personales en todo el ámbito privado, incluido el sector de telecomunicaciones, imponiendo multas en los casos que ha ameritado, cuyos recursos obtenidos han sido destinados a la Tesorería de la Federación.

Asimismo, hasta este año, el Instituto llevó a cabo 24 procedimientos de imposición de sanciones en contra de diversas empresas de telecomunicaciones por infringir la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), los cuales derivaron en multas por un total de 55 millones 574,189 pesos.

Asimismo, inició 109 procedimientos de protección de derechos y 21 procedimientos de verificación en contra de empresas de telefonía que violaron la LFPDPPP. “Estos datos confirman que del INAI no responde a los intereses de las empresas, si no que su labor se centra en atender las denuncias ciudadanas y vigilar el cumplimiento de la ley que regula el tratamiento adecuado, controlado e informado de los datos personales”, concluyeron.

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