Por COVID-19, la Cofepris determinó que estos medicamentos se venderán únicamente con receta médica

De acuerdo con la dependencia, esta decisión tiene el propósito de evitar el desabasto de tratamientos con impacto negativo en pacientes que lo utilizan regularmente por prescripción indicada

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La Cofepris estableció algunas restricciones en la venta de medicamentos para tratar a pacientes ambulatorios con COVID-19 (Foto: Europa Press)
La Cofepris estableció algunas restricciones en la venta de medicamentos para tratar a pacientes ambulatorios con COVID-19 (Foto: Europa Press)

La epidemia de coronavirus en México ha ocasionado la venta desproporcionada de algunos medicamentos, lo que se ha identificado como una causal de automedicación y compras de pánico, situación que puede generar el desabasto de tratamientos con impacto negativo en pacientes que los utilizan regularmente por prescripción indicada.

Ante este panorama, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) determinó que los responsables sanitarios de las farmacias deberán solicitar obligatoriamente una receta médica a las personas que deseen adquirir alguno de los siguientes medicamentos para tratar la enfermedad de COVID-19 de manera ambulatoria:

Hidroxicloroquina /Cloroquina

Azitromicina

Ivermectina

Tocilizumab

Dexametasona

Colchicina

Antivirales

Inmunomoduladores

Anticoagulantes

Los medicamentos utilizados por pacientes hospitalizados con coronavirus también deberán ser prescritos por el médico tratante (Foto: Infobae México)
Los medicamentos utilizados por pacientes hospitalizados con coronavirus también deberán ser prescritos por el médico tratante (Foto: Infobae México)

En este sentido, la dependencia sanitaria señaló que el personal encargado de la dispensación de los mismos deberá tener presente las disposiciones legales aplicables a la venta de medicamentos, las cuales son obligatorias para todos los establecimientos denominados farmacias, boticas o droguerías, descritos en el artículo 257 de la Ley General de Salud. Estos comercios son los únicos que podrán ofertarlos o proveerlos a la población.

Asimismo, dicha autoridad sanitaria estableció que “la venta de medicamentos antimicrobianos, anticoagulantes, inmunomoduladores, corticosteroides y colchicina para ser utilizados para el manejo del paciente ambulatorio con el virus SAR CoV-2, deberá llevarse a cabo única y exclusivamente contra la exhibición de la receta médica correspondiente y en estricto apego a los lineamientos emitidos por la Secretaria de Salud.

Por otra parte, si se trata de pacientes hospitalizados, los medicamentos a utilizar deberán proporcionarse únicamente con receta médica, la cual deberá ser expedida por el médico tratante y retenida por el establecimiento que surta la misma, sea este público, social o privado y deberá registrarse debidamente dentro del Expediente clínico.

La Cofepris hizo un llamado al personal de farmacia a realizar y fomentar el reporte de cualquier reacción adversa o malestar relacionado al uso o consumo de medicamentos (Foto: EFE)
La Cofepris hizo un llamado al personal de farmacia a realizar y fomentar el reporte de cualquier reacción adversa o malestar relacionado al uso o consumo de medicamentos (Foto: EFE)

Cabe señalar que, hasta el momento, no existe ningún tratamiento autorizado para atender a pacientes infectados con el virus SARS-CoV-2 y tampoco se cuenta con vacuna para prevenir la enfermedad.

“A la fecha, no existe ningún medicamento con indicaciones terapéuticas específicas para el Covid-19. El uso de medicamentos para tratar sus síntomas ha ocasionado un impacto económico y una falsa esperanza a las familias de los pacientes, además de propiciar malas prácticas, entre ellas la automedicación o la sobre medicación que conlleva riesgos por posibles reacciones adversas y resistencia antimicrobiana, entre otros.”, advirtió la Cofepris en un comunicado a la población.

Aunado a esto, la Cofepris hizo un llamado al personal de farmacia a realizar y fomentar el reporte de cualquier reacción adversa o malestar relacionado al uso o consumo de medicamentos en la página web de la Cofepris o a través del correo farmacovigilancia@cofepris.gob.mx

La dependencia Federal aseguró que continuará con las acciones de vigilancia para evitar la venta indiscriminada de medicamentos que puedan suponer afectaciones en la salud de la población. Dicha tarea se implementará a través de la aplicación de las sanciones administrativas correspondientes por infringir la regulación sanitaria.

La Secretaría de Salud reportó que hasta este miércoles hay 573,888 casos positivos acumulados y 62,076 muertes por la enfermedad de COVID-19 en México (Foto: EFE)
La Secretaría de Salud reportó que hasta este miércoles hay 573,888 casos positivos acumulados y 62,076 muertes por la enfermedad de COVID-19 en México (Foto: EFE)

Y es que, a pesar de que la Secretaría de Salud (SSa) ha reportado un descenso en la propagación del virus SARS-CoV-2 en México, hasta este miércoles 26 de agosto se registraron 573,888 casos positivos acumulados y 62,076 muertes por la enfermedad de COVID-19.

La entidad del país con más contagios confirmados y defunciones es la Ciudad de México con 94,200 y 10,325, respectivamente.

“La Ciudad de México continúa registrando la mayor parte de los casos acumulados del país y representa por si sola 16.4% de todos los casos registrados por entidad de residencia.”, se lee en el comunicado técnico diario emitido por la SSa.

Adicionalmente se reportaron 81,466 casos sospechosos, 635,729 negativos y 1,291,083 personas estudiadas a nivel nacional.

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