Espaldarazo del CNE al registrador Alexánder Vega: pidió desestimar la solicitud para su suspensión

Para los magistrados de la autoridad electoral, los comicios que definieron a los nuevos congresistas y a tres de los candidatos presidenciales cumplieron con la ley colombiana

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Registrador Nacional del Estado Civil Alexander Vega da declaraciones del conteo de votos durante la jornada electoral de las elecciones legislativas de 2022. (Colprensa - Mariano Vimos)
Registrador Nacional del Estado Civil Alexander Vega da declaraciones del conteo de votos durante la jornada electoral de las elecciones legislativas de 2022. (Colprensa - Mariano Vimos)

Luego de las polémicas elecciones legislativas del pasado 13 de marzo en Colombia, se solicitó suspender al registrador nacional Alexander Vega mediante una acción popular. Sin embargo, en las últimas horas, el Consejo Nacional Electoral (CNE) pidió desestimar la solicitud que días atrás fue admitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.

El constitucionalista Germán Calderón España fue quien solicitó la suspensión temporal contra el jefe de la Registraduría Nacional del Estado Civil para que no ocurran los inconvenientes de las elecciones a Congreso en la primera vuelta presidencial del próximo 29 de mayo.

“Interpondré ante un juez administrativo una acción constitucional popular, para que se restablezca el derecho colectivo violado a la moralidad administrativa por cuenta de todas las inconsistencias en el conteo y los escrutinios electorales de la Registraduría Nacional del estado civil, como medida cautelar solicito la suspensión provisional del cargo del señor Registrador Alexander Vega Rocha”, señaló el demandante.

Pues bien, tras estos y otros argumentos, la autoridad electoral se pronunció y, de alguna forma, salió en defensa de Alexander Vega al asegurar que las elecciones que definieron a los nuevos senadores y representantes a la Cámara se desarrollaron cumpliendo la ley, por lo que no consideraron viable la suspensión del funcionario.

“No es dable que esa autoridad judicial decrete una medida cautelar de suspensión y hacer a un lado las funciones del señor registrador Nacional del Estado Civil”, señalaron los magistrados del CNE en un folio que conoció la emisora BluRadio.

El organismo electoral se refirió a los resultados tanto del preconteo como del escrutinio y argumentó que, aunque hay notables diferencias entre los votos encontrados en ambos procesos, según el Código Electoral solo se deben tomar en cuenta los sufragios finales, dado que los que se informan una vez se cierran las urnas son de índole informativo.

El anterior argumento se dio luego de que el jurista demandante asegurara que el registrador Vega atentó, supuestamente, contra el sistema democrático colombiano al violar “su neutralidad y objetividad pues diferentes voces sostienen que viajó a España y se reunió con los directivos de la empresa INDRA, encargada de realizar los conteos electorales, además, uno de sus más cercanos servidores fue directivo de la misma y participó en el proceso de contratación, el cual, además, fue adjudicado en forma directa, violándose la transparencia y la moralidad pública, principios constitucionales de la función pública y de la contratación estatal”, aseveró Calderón en la acción popular.

En esa línea, los magistrado del CNE reconocieron que, aunque se registraron varios inconvenientes, los resultados finales que establecieron a los próximos legisladores, así como a tres de los candidatos presidenciales, se dieron a cabalidad y sin problemas.

“(...) Hasta la fecha, los escrutinios a nivel nacional han transcurrido con total normalidad en cumplimiento a lo dispuesto por las normas electorales”, expresaron los togados, destacando que la Registraduría se acogió a la normatividad establecida para los procesos electorales en Colombia.

Es más, la autoridad electoral dijo que no ve pertinente suspender a Alexander Vega, dado que no se han probado fallas durante su labor al frente de la Registraduría; señalan que no se han evidenciado actos que vayan en contravía “del ordenamiento jurídico colombiano y que afecten de forma inminente con relación a las pasadas elecciones Legislativas, lo cual se echa de menos en el presente proceso”, agregaron los magistrados, a su vez que argumentaron que Vega ha cumplido como se debe con sus funciones dentro de la entidad estatal.

“No es dable que esa autoridad judicial decrete una medida cautelar de suspensión y hacer a un lado las funciones del señor registrador Nacional del Estado Civil, puesto que el proceso electoral se ha desarrollado de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento jurídico colombiano, dado que, con el caudal probatorio, allegado por la parte demandante, no se encuentran probados los supuestos de hecho y de derecho del que se advierta violación alguna del mismo y que las vicisitudes que se presentaron, se han resuelto conforme a derecho”, finalizó el CNE.

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