Consejo de Estado mantiene fallo sobre el plan de manejo ambiental del río Bogotá

El tribunal emitió una sentencia sobre la descontaminación del río Bogotá el 28 de marzo de 2014, en la que se ordenó el diseño y la implementación de medidas para descontaminar el río y evitar más daños a futuro

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Río Bogotá. Foto: Secretaría de Hábitat.
La sentencia declara responsables a los habitantes e industrias de la cuenca por la contaminación del río y sus afluentes. También se declaran responsables las autoridades que no han tomado medidas para descontaminarlo y prevenir su contaminación. Río Bogotá. Foto: Secretaría de Hábitat.

Este jueves 5 de mayo el Consejo de Estado informó que negó la solicitud de aclaración y adición que presentó el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, contra el fallo que le ordena cumplir y aprobar el plan de manejo ambiental de la reserva forestal de la cuenca alta del río Bogotá.

Esta determinación fue precedida de un fallo de cumplimiento en el cual la cartera alegó que no había adelantado este proceso, debido a que se encontraba en trámite la consulta previa con las comunidades que, eventualmente, podrían verse afectadas en el procedimiento. El tribunal advirtió que, si bien es necesario cumplir con el proceso ante las comunidades, la obligación es aprobar el plan que surgió en 2014.

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El Consejo de Estado emitió la sentencia sobre la descontaminación del río Bogotá el 28 de marzo de 2014. El tribunal ordenó el diseño y la implementación de medidas para descontaminar el río y evitar más daños a futuro.

La decisión se tomó debido a la catástrofe ambiental, ecológica y económico-social de la cuenca hidrográfica del río Bogotá, causada por el alto grado de contaminación debido a vertimientos de aguas residuales domésticas e industriales, malas prácticas agropecuarias e inadecuado manejo de las basuras.

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En su comunicación de este jueves, el Consejo de Estado enfatizó que ante la evidencia del paso de un término excesivo de tiempo para dar cumplimiento a la obligación por parte de las autoridades nacionales, esta se dio por incumplida. El tribunal negó la solicitud allegada, por considerar que no hay motivo de duda en la providencia que declaró el incumplimiento por parte del Ministerio.

Además advirtió que, “otra cosa es que, al ser negativa y contraria a sus intereses, no las comparta, como en su propio escrito lo acepta y considera que no le corresponde cumplir sino a la CAR, CORPOGUAVIO y el Ministerio del Interior, este último que no fue parte del presente proceso”, señaló el tribunal.

Para la alta corte, lo relacionado con el desarrollo de la consulta previa y el término que se requeriría para poder adelantar el proceso de aprobación del plan de manejo de la cuenca ya fue examinado en el fallo de cumplimiento que emitió el Consejo de Estado en 2014.

Según la corporación judicial, la solicitud de aclaración y adición no es el escenario propicio para evaluar estos aspectos, que fueron nuevamente traídos a colación por el ministerio.

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La sentencia emitida en 2014 adoptó una serie de órdenes de carácter nacional, regional y local, que involucran diferentes autoridades, otras de carácter inmediato y otras se extienden por un plazo máximo de tres años.

El plan medio ambiental busca abordar la recuperación y conservación del fluvial de la cuenca del río Bogotá de una manera integral a partir de tres componentes: El primero, es el mejoramiento ambiental y social de la cuenca hidrográfica del rio Bogotá. El segundo punto, es la articulación y coordinación de instituciones nacionales, intersectoriales y económicas. Por último, se plantea la profundización de los procesos educativos y de participación ciudadana.

La sentencia declara responsables a los habitantes e industrias de la cuenca por la contaminación del río y sus afluentes. También se declaran responsables las autoridades que no han tomado medidas para descontaminarlo y prevenir su contaminación.

Entre las autoridades declaradas responsables por el Consejo de Estado se encuentran los Ministerios de Minas y Energía; Ambiente y Desarrollo Sostenible; Agricultura y Desarrollo Rural, Vivienda; Ciudad y Territorio; Educación; Hacienda y Crédito Público y el de Salud y Protección Social, la Gobernación de Cundinamarca y la Alcaldía de Bogotá.

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