Parque de atracciones colombiano deberá reparar a una docente que se fracturó la columna en una de sus montañas rusas

La decisión fue tomada por la Corte Suprema de Justicia, luego de que la mujer afectada interpusiera una demanda en contra del establecimiento por los daños que sufrió tras la lesión

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Imagen de archivo de la montaña rusa del Parque Nacional del Café, ubicado en el departamento del Quindío. Foto: Parque del Café

A través de la sentencia SC506-2022, la Corte Suprema de Justicia estableció que el Parque Nacional del Café deberá pagarle una indemnización por daño moral a una profesora de 54 años que resultó con una fractura en su columna luego de subir a una montaña rusa ubicada dentro del centro de atracciones.

Según dio a conocer el alto tribunal, los hechos se registraron en noviembre de 2012 cuando la docente afectada, identificada como Ana María Hoyos Pontón, ingresó junto con 30 alumnos al parque recreativo con el fin de adelantar una jornada pedagógica.

Debido a las molestias en su espalda, la Corte informó que la mujer de 54 años tuvo que pedir ayuda de manera inmediata a la persona que estaba a cargo de la atracción mecánica. Sin embargo, de acuerdo con la sentencia, ningún auxiliar de la enfermería se presentó para atenderla.

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Ante el dolor y la falta de atención recibida, la docente tuvo que dirigirse en teleférico hasta la entrada del parque para que le facilitaran una silla de ruedas. Una vez allí además recibió una acetaminofén y un masaje de espalda.

No obstante, la docente afectada decidió interponer una demanda en contra del parque de atracciones por no garantizarle su seguridad y, por ende, a pagarle una indemnización por el daño moral y a la vida que sufrió como producto de la lesión ocasionada en la montaña rusa.

La Corte Suprema de Justicia le halló la razón a la mujer de 54 años y estableció por medio de la sentencia que el Parque Nacional del Café deberá pagarle una indemnización por daños morales y a la vida.

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Tras la decisión, la Corte recordó que “las reparaciones civiles buscan indemnizar a la víctima, no un reconocimiento sin justa causa”, a la vez que aclaró que “la pensión de vejez, invalidez o sobreviviente no son indemnizaciones, ya que se originan de los aportes que se hacen para cubrir los riesgos”.

Cabe recordar que esa no es la única emergencia que se ha reportado en una montaña rusa del Parque Nacional del Café. En diciembre del 2021, se reportó una falla mecánica dentro de esa atracción, lo que ocasionó que en una de las curvas el tren que llevaba a los usuarios retrocediera repentinamente. Aunque ninguna persona resultó lesionada de gravedad, quienes iban a abordo de los vagones vivieron momentos de angustia mientras los carros de la atracción mecánica retrocedían.

Aquí el documento completo de la Corte Suprema de Justicia:

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