Le explicamos las medidas restrictivas que aplican en Bogotá desde esta semana

Tenga en cuenta que habrá pico y cédula y cuarentena estricta, esta última dividida en un modelo 4x3.

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Lo que tiene que saber sobre las medidas restrictivas que aplicarán en Bogotá  REUTERS/Luisa González
Lo que tiene que saber sobre las medidas restrictivas que aplicarán en Bogotá REUTERS/Luisa González

Ya se expidió el decreto 135 de 2021, que indica, punto a punto, qué medidas de restricción aplicarán en los próximos días en Bogotá para evitar nuevos contagios de covid-19, esto porque, Bogotá ya se encuentra en alerta naranja por nuevos casos de la enfermedad y la ocupación en las UCI.

Según datos de la Secretaría de Salud indican que antes de Semana Santa la ocupación UCI era del 50%, aproximadamente, para el lunes 5 de abril esta cifra ha aumentado al 67% del total de UCIS que tiene disponible la capital colombiana.

Así las cosas, las medidas de restricción quedaron definidas de esta manera:

1. Modelo 4 x 3: Se estipuló un modelo de cuatro días en los que se puede movilizar en la ciudad y tres días de restricción. Habrá cuarentena general desde las 00:00 del sábado 10 de abril hasta las 4 a.m. del martes 13 de abril. Durante ese periodo se podrá salir a: “abastecimiento y adquisicion de alimentos, productos farmacéuticos, de salud, y de primera necesidad. Solo puede salir una persona por hogar”, confirma el decreto.

2. Si trabaja en el sector salud tiene libre movilidad.

3. Cuidar adultos mayores, personas menores de 18 años, dependientes, enfermos, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables, y de animales.

4. Trabajar si presta servicio en orden público, seguridad general y atención sanitaria.

5. Atender asuntos de fuerza mayor o de extrema necesidad.

Una trabajadora sanitaria realiza pruebas de covid-19, en la plaza de mercado Corabastos en Bogotá (Colombia). EFE/Carlos Ortega/Archivo
Una trabajadora sanitaria realiza pruebas de covid-19, en la plaza de mercado Corabastos en Bogotá (Colombia). EFE/Carlos Ortega/Archivo

Preguntas generales:

¿Se puede hacer actividad física?: Sí, se puede hacer actividad física por máximo una hora al día.

¿Se puede ingresar a la ciudad?: Sí.

¿Se puede salir de Bogotá? Sí.

Por su parte, el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez, explicó que la cuarentena funcionará de la misma forma que el simulacro de marzo del 2020, en el sentido de que las familias deberán permanecer en el domicilio, solo abrirán los comercios esenciales y una persona por hogar podrá salir a realizar las compras necesarias.

“Quienes tengan viajes podrán regresar a Bogotá, a sus domicilios, pero esto no es un puente festivo, es un fin de semana para proteger la vida y la salud. Lo más importante es que nos quedemos en casa. Solamente quienes deban regresar a la capital o por fuerza mayor tengan que salir” se podrán movilizar, indicó el secretario Luis Ernesto Gómez.

¿Se pueden realizar trasteos?: Sí, pero con estrictos protocolos de bioseguridad y en casos de extrema necesidad.

No habrá toque de queda en los próximos días pero sí habrá restricción de movilidad entre las 00:00 del sábado 10 de abril y las 4 a.m. del martes 13 de abril.

Pico y cédula en Bogotá. Foto de referencia.
Pico y cédula en Bogotá. Foto de referencia.

¿Cómo funcionará el pico y cédula?

En los días impares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito par. En los días pares podrán acceder a estos servicios y establecimientos las personas cuya cédula o documento de identidad termina en dígito impar.

No aplicará la medida para: Servicios de salud y farmacia, trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos, quienes cuiden o acompañen a adultos mayores y personas con discapacidad, personal médico, hoteles, restaurantes, gimnasios. lugares turísticos, culturales y religiosos, parques, museos, cines y teatros.

Habrá ley seca:

“Se restringe el expendio y consumo de bebidas embriagantes y alcohólicas en sitios públicos o abiertos al público o cuya actividad privada trascienda a lo público, desde las desde las 00:00 horas del sábado 10 de abril de 2021 hasta las 04:00 horas del martes 13 de abril de 2021″, dice el decreto.

Pero sí se podrá adquirir licor por domicilio.

Procedimientos de salud:

“Serán suspendidos y reprogramados los procedimientos quirúrgicos de mediana o alta complejidad no diferibles, que puedan requerir unidad de cuidado intensivo; así como progresivamente, los procedimientos de complejidad intermedia que requieran hospitalización”, confirma el decreto.

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