Iván Duque objetó parcialmente una ley clave del acuerdo de paz con las FARC

El mandatario colombiano objetó por inconvenientes seis de los 159 artículos de la Ley de Justicia Especial para la Paz, el tribunal encargado de investigar, juzgar y sentenciar a los responsables de los crímenes ocurridos en medio del conflicto armado. La decisión podría crear dificultades en la implementación del pacto firmado en 2016 con el grupo rebelde

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El presidente colombiano Iván Duque (REUTERS/Luisa Gonzalez)
El presidente colombiano Iván Duque (REUTERS/Luisa Gonzalez)

El presidente colombiano, Iván Duque, anunció este domingo que objetará seis artículos de la Ley de Justicia Especial para la Paz (JEP), columna vertebral del acuerdo firmado con las FARC, para garantizar que haya verdad, justicia, reparación y no repetición de la violencia del conflicto armado.

"He decidido realizar objeciones a seis de los 159 artículos de la Ley Estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz por razones de inconveniencia e invitar a que el Congreso de la República las debata constructivamente", manifestó Duque en una alocución al país.

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El mandatario de derecha aseguró que las objeciones buscan "corregir" el texto acordado en La Habana "sin ánimo de polarizar".

"No existe la falsa división entre amigos y enemigos de la paz, pero queremos una paz que garantice de manera genuina la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición", agregó.

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La presidenta de la JEP, Patricia Linares, declaró en un video enviado a la prensa que la entidad "seguirá funcionando plenamente, ejerciendo a cabalidad todas y cada una de sus competencias y funciones", en espera de una decisión definitiva sobre la ley.

En tanto, el líder máximo de la ex guerrilla FARC, Rodrigo Londoño, respondió minutos después en Twitter. "El llamado más que nunca es a defender el acuerdo de Paz, nuestro compromiso es con cada colombiano en cada lugar del país", escribió.

Entre los artículos objetados por Duque está el 150, referente a la extradición de personas por conductas posteriores a la firma del acuerdo final.

"Es inconveniente debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la ley de procedimiento de la JEP cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas. No hacer esa precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países", afirmó.

En este apartado entra el ex jefe de las FARC Jesús Santrich, detenido en Bogotá desde el pasado 9 de abril y pedido en extradición por la justicia de Estados Unidos, que lo acusa de narcotráfico, un delito que según la Fiscalía cometió después de la firma de la paz, que tuvo lugar el 24 de noviembre de 2016.

Duque también objetó "por inconveniente" el artículo 153 porque condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo.

"Esto produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la Justicia de otros Estados", dijo.

Para buscar una genuina "reparación" el jefe de Estado objetó el artículo 7 "porque no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas".

Justificó su posición en este sentido porque "los victimarios deben adelantar una reparación material con sus bienes y activos que satisfaga a las víctimas. Es lo mínimo que Colombia espera".

Duque también consideró inconveniente el inciso octavo del artículo 63 porque no determina el alcance de la competencia del Alto Comisionado para la Paz para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de los grupos armados que se sometan a un proceso de paz.

Según Duque no es conveniente debilitar una atribución que por años ha tenido el Alto Comisionado para "evitar que delincuentes se oculten y ganen beneficios e impunidad, incorporándose a un proceso de paz por la puerta de atrás".

Igualmente consideró inconveniente para el país un inciso del artículo 79 sobre la suspensión de las actuaciones de la justicia ordinaria frente a personas cuyas acciones sean competencia de la JEP.

"Esto genera una situación que perjudica los intereses de las víctimas y desperdicia valiosos recursos investigativos de autoridades con experiencia y capacidad", explicó.

Un párrafo del artículo 19 que trata de la renuncia a la acción penal frente a los crímenes de lesa humanidad, genocidio o crímenes de guerra en relación con quienes no son máximos responsables, también fue objetado.

Por todo ello dijo que presentará al Congreso una reforma constitucional para modificar el Acto Legislativo 01 de 2017 con el fin de que incluya "la exclusión de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes de la Justicia transicional".

También buscará que se incluya "que quien reincida en las actividades criminales perderá todos los beneficios" y finalmente, que la justicia ordinaria sea quien juzgue "todas las conductas delictivas que se hayan iniciado antes del 1 de diciembre de 2016 y que continúen ejecutándose después de esa fecha".

"No podemos tenerle miedo a abordar estos cambios de manera constructiva y sin ánimo de polarizar", concluyó el mandatario.

(Con información de EFE)

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