Otro revés para Evo Morales: la Procuraduría de Bolivia ratificó que no se permite la reelección presidencial indefinida

La decisión se comunicó en medio de la disputa en el oficialismo por la anunciada candidatura del ex presidente en 2025

Evo Morales (EFE/Luis Gandarillas)
Evo Morales (EFE/Luis Gandarillas)
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La Procuraduría General del Estado de Bolivia emitió un documento jurídico que ratifica que en el país no está permitida la reelección “indefinida” para evitar que una persona “se perpetúe en el poder”, en medio de la disputa en el oficialismo por la anunciada candidatura del ex presidente Evo Morales (2006-2019) en 2025.

El procurador boliviano, César Siles, informó este martes a los medios en Sucre, la capital constitucional de Bolivia y sede del poder Judicial, sobre un “análisis jurídico especializado” emitido por su despacho con respecto a las reelecciones presidenciales.

Siles explicó que el documento se basa en lo señalado sobre la reelección por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en una opinión consultiva de 2021 y en la sentencia 1010/023 emitida en diciembre por una sala constitucional boliviana.

El funcionario precisó que la opinión de la Procuraduría concluye “que la prohibición de la reelección presidencial indefinida busca evitar que una persona se perpetúe en el poder y de este modo asegurar el pluralismo político, la alternancia en el poder, así como proteger el sistema de frenos y contrapesos que garantizan la separación de poderes”.

Es decir que “lo único que hizo la opinión procuradurial es recoger lo que dijo la opinión consultiva, lo que dijo el Tribunal Constitucional y concluyó señalando que en Bolivia, constitucionalmente hablando, sólo existe una reelección para presidente y vicepresidente, y no una reelección indefinida, ni dos, ni tres, ni cuatro, como se ha pensado en algún momento”, agregó.

Insistió en que la opinión consultiva de la CorteIDH y la sentencia constitucional de 2023 “ya cerraron el debate” en torno a si la reelección indefinida es o no un derecho humano.

Además indicó que tanto las sentencias como las opiniones consultivas “son vinculantes para el Estado boliviano”.

Ciudadanos bolivianos asisten a votar en un recinto de la ciudad de El Alto (EFE/Martin Alipaz/Archivo)
Ciudadanos bolivianos asisten a votar en un recinto de la ciudad de El Alto (EFE/Martin Alipaz/Archivo)

La controversia

La Constitución boliviana limita a dos los mandatos consecutivos, pero Morales pudo aspirar a un tercer periodo en 2014 con el aval del Constitucional que validó su argumento de que su primera gestión no contaba porque el país se refundó como Estado Plurinacional con la Constitución de 2009.

Para habilitar su candidatura a los comicios de 2019, el gubernamental Movimiento al Socialismo (MAS) promovió un referendo en 2016 que, no obstante, le negó la reelección.

Pese al resultado adverso, el oficialismo volvió a acudir al Constitucional pidiendo que se aplique un artículo de la Convención Americana de los Derechos Humanos para permitir que Morales aspire a un cuarto mandato en 2019.

El tribunal boliviano avaló en 2017 la reelección indefinida, al reconocer el derecho humano de los mandatarios a ser elegidos y del pueblo a elegirlos.

Pero el mismo Constitucional emitió en diciembre pasado la sentencia 1010/023 que estableció que en Bolivia el presidente y vicepresidente solo pueden ser electos y ejercer un mandato por dos períodos, ya sean continuos o discontinuos, acogiéndose a la resolución de 2021 de la CorteIDH.

Morales, que fue nombrado “candidato único” del MAS por los sectores oficialistas que le son leales, ha asegurado varias veces que está habilitado “legal y constitucionalmente” para postularse en 2025.

En enero pasado, el procurador afirmó que “no es un derecho humano ser reelegido”, por lo que Morales “no tiene derecho a postularse nuevamente”.

Los afines al ex mandatario, que están peleados con los sectores leales al presidente Luis Arce, han advertido con movilizarse si se inhabilita la candidatura de Morales.

(Con información de EFE)

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