
Este miércoles fueron retirados de un apartamento una mujer de 65 años y su hijo de 38 del apartamento en el que se habían atrincherado 17 horas antes. Los efectivos policiales ingresaron mediante una orden de allanamiento a su vivienda en el barrio Pocitos de Montevideo.
Desde hacía nueve meses que los vecinos sentían gritos, peleas y golpes que provenían del apartamento del tercer piso donde convivían la madre y el hijo. La Policía acudió al lugar después de que una vecina denunciara al 911 que la mujer había pedido ayuda porque su hijo la había golpeado, informó Mario D’Elia, jefe de Policía de Montevideo, al diario El País.
Los efectivos llegaron a las 20:30 horas del martes y lograron hablar con la madre a través de la puerta. Ella les informó que se encontraba lastimada porque había sufrido una rapiña, que estaba sola en el apartamento y que no quería abrirles la puerta. También los invitó a retirarse del lugar.
Sin embargo, la Policía escuchó ruidos dentro del departamento y vieron a un hombre desde la ventana, a quien identificaron como el hijo de la mujer. Ante la negativa de abrir la puerta, concurrió al lugar un equipo de de la Unidad Táctica de Negociadores de la Guardia Republicana que intentó negociar con el hijo y con la madre que salieran, pero no tuvieron éxito.
A partir de ese momento, hubo efectivos custodiando la entrada del edificio, a la espera de que salieran ambas personas por su voluntad propia o esperando una orden de allanamiento para poder ingresar.

La tarde del miércoles se les fue concedida la orden para ingresar a la propiedad y retirar a los dos involucrados de ahí. El hombre fue detenido y arrestado, mientras que la mujer está siendo acompañada por la Unidad de Víctimas de Fiscalía. La madre fue encontrada con lastimaduras, pero no de gravedad y el caso se encuentra a cargo de la fiscal de Violencia Doméstica Sandra Boragno.
Se constató durante la investigación que ambos tienen denuncias previas cruzadas por violencia doméstica, por lo que se notificó a Fiscalía de Delitos Sexuales, Violencia Doméstica y Violencia basada en género de 3º turno.
Cómo funcionan los allanamientos
Según la ley Nº 19.293 del 2014, el allanamiento y registro de propiedades o de sus dependencias, solamente podrá realizarse por orden de un juez, expedida a solicitud de un fiscal, en un lapso comprendido entre la salida y la puesta del sol, lo que puede llevar a demoras en el proceso.
Se entiende por propiedad o habitación particular, el lugar que se ocupa con el fin de habitar en él, aun cuando solo sea en forma transitoria. Sin embargo, podrá efectuarse el registro en horas de la noche, cuando medie consentimiento expreso del jefe de hogar, comunicándolo inmediatamente al fiscal y al juez del caso
Si el juez ordena el allanamiento de una vivienda donde no se encuentren personas mayores de edad o haya ausencia total de las personas que viven ahí, se realizará por parte del personal superior a cargo del servicio, dándose cuenta previamente al fiscal competente.
“En la denuncia policial por violencia doméstica se tomará a todos los efectos como autorización expresa para el allanamiento y registro de morada dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su presentación”, dice el artículo número 195 de la ley.
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