
La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el recurso de Luis Víctor Tourn, uno de los civiles que fue condenado en la causa conocida como “Leones blancos”, y dejó firme el rechazo a su pedido para cumplir prisión domiciliaria por razones de salud.
Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal desestimó la presentación de la defensa de Tourn, conocido como “l Polaco”, que buscaba una morigeración de su detención. Actualmente, purga una pena de nueve años por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, agravado por su comisión en forma organizada por tres o más personas.
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Según el fallo al que tuvo acceso Infobae, el planteo se apoyaba en el cuadro médico del condenado: hipertensión, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), diabetes y una intervención coronaria previa.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de San Martín ya había rechazado el pedido. Para resolverlo, tuvo en cuenta informes del Cuerpo Médico Forense y de los profesionales del Complejo Penitenciario de Marcos Paz.

En esa oportunidad, los jueces concluyeron que Tourn podía recibir en la cárcel la asistencia y los controles necesarios. Además, señalaron que persistían riesgos procesales que impedían concederle el beneficio. Poco después, la Cámara Federal de Casación Penal también declaró inadmisible la apelación contra esa decisión.
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Frente a este panorama, la defensa, representada por los abogados Marcelo Héctor Rodríguez Jordán y Martín Leiro, recurrió a la Corte Suprema. Sin embargo, tras darse a conocer la decisión del máximo tribunal, se cerró la vía para obtener la morigeración de la detención.
El caso Leones Blancos, que develó una trama de corrupción policial, extorsiones y narcotráfico
La investigación por el caso “Leones Blancos” concluyó que un procedimiento realizado el 29 de diciembre de 2013 en una quinta de Moreno fue fraguado y que parte de la cocaína incautada terminó en poder de una organización integrada por policías bonaerenses. Por esos hechos, el Tribunal Oral Federal Nº 1 de San Martín dictó condenas contra 13 acusados.
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El nombre del expediente surgió de dos grandes figuras de leones blancos instaladas junto a la pileta de la propiedad, que pertenecía al clan Loza. Allí, se halló una pequeña parte del estupefaciente. El resto, más de 480 kilos, estaba en una camioneta que salió de la quinta y fue interceptada por integrantes de la estructura policial.

Según la acusación, el vehículo transportaba además otra media tonelada de cocaína que no fue incorporada al procedimiento. La banda se habría apropiado de esa carga y la habría trasladado a Santa Clara del Mar, desde donde proyectaba distribuirla en localidades de la costa bonaerense. Otra porción tenía como destino el mercado internacional y estaba embalada en envases termosellados.
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La droga sustraída fue valuada entre USD 2,6 millones y USD 2,8 millones.
De los 13 condenados por “Leones blancos”, diez integraban la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas de Quilmes. Fue así que se comprobó que en esa dependencia se elaboraron las actuaciones falsas que atribuyeron el inicio del procedimiento a un llamado anónimo y luego derivaron en el allanamiento de la quinta de Moreno.
Las penas más elevadas recayeron sobre el comisario Marcelo Roberto Di Rosa, jefe de la delegación; el subcomisario Juan José Magraner, responsable de Operaciones; y el subteniente Adrián Gonzalo Baeta.
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Di Rosa y Baeta fueron considerados coautores de uso de documento público falso, falsedad ideológica de documento público, peculado y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Este último delito fue agravado por la actuación organizada de tres o más personas y por la condición de funcionarios públicos encargados de prevenir o perseguir infracciones a la ley de estupefacientes.
El teniente primero José María Delgado recibió 11 años de prisión, además de las penas accesorias, por los mismos delitos y con igual grado de intervención. Magraner fue condenado como coautor de uso de documento público falso, peculado y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada.
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El oficial principal Juan Alberto Elizalde y el subcomisario Marcelo Carlos Blanco, ambos pertenecientes a la delegación de Quilmes, recibieron 14 años y seis meses de prisión, la multa máxima y una inhabilitación especial para ejercer cargos o empleos públicos durante diez años.
Mientras que Elizalde fue condenado como coautor de uso de documento público falso, falsedad ideológica de documento público, peculado y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada, Blanco recibió una condena como coautor de falsedad ideológica de documento público, reiterada en siete oportunidades, y como partícipe necesario del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada.
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Por los mismos delitos atribuidos a Blanco, el subcomisario Héctor Hugo Alberto Correa fue condenado a 11 años de prisión, la multa máxima y ocho años de inhabilitación especial. Asimismo, la sargenta Tamara Silvina Machuca recibió 11 años de prisión y las mismas sanciones accesorias que Elizalde, por los mismos delitos y grado de participación.
El subteniente Adrián Osvaldo Dos Santos fue condenado a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación especial por siete años por falso testimonio agravado, cometido en una causa criminal en perjuicio de los imputados. La agente Johana Belén Medina, en tanto, recibió dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial por seis años por uso de documento público falso.
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Entre los civiles condenados por el caso se encuentran Cristian Esteban Seu, Luis Víctor Tourn y Carlos Daniel Maidana, quien al momento de los hechos ya era ex policía. Recibieron penas de 12, nueve y ocho años de prisión, respectivamente.

Seu fue señalado como coautor de falsedad ideológica de documento público y de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada por la participación organizada de tres o más personas. También fue considerado partícipe necesario del delito de peculado.
Tourn, conocido como “El Polaco”, y Maidana fueron condenados como coautores de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravada. Maidana también fue declarado partícipe necesario del delito de peculado.
El expediente “Leones blancos” fue anulado en agosto de 2016 por el Tribunal Oral Federal Nº 5 de San Martín. La decisión, que luego confirmó la Cámara Federal de Casación Penal, derivó en la liberación de los acusados en aquel proceso, quienes eran señalados como presuntos integrantes de organizaciones criminales.
Según la hipótesis fiscal, los integrantes de distintas dependencias de la Policía Bonaerense utilizaron estructuras estatales destinadas a combatir el narcotráfico para intervenir en ese mercado, definir territorios, seleccionar a quién perseguir y obtener beneficios económicos.
Por este motivo, la Fiscalía General sostuvo que las maniobras contaron con la complicidad del ex fiscal provincial Claudio Scapolán, destituido en 2023. Scapolán no fue acusado en este debate, aunque el Ministerio Público Fiscal pidió que las actuaciones surgidas durante el juicio sean remitidas a la etapa de instrucción para incorporarlas a las investigaciones en curso sobre el ex funcionario y otros presuntos responsables policiales y judiciales.
La investigación sobre esas irregularidades abrió otras causas. Los casos “Bustamante”, “Basaldúa”, “Santellán” y “Acosta” incluyeron acusaciones por extorsiones a personas investigadas por narcotráfico, cobro de coimas para evitar procesos penales y fraguado de procedimientos.
Finalmente, por estas causas, resultaron condenadas otras 12 personas, en su mayoría ex integrantes de la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas de San Isidro.
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