Habló Laura de Marinis, la jueza de la polémica en CABA: “Someter a un chico de 14 años al sistema penal es estigmatizante”

La jueza que declaró inaplicable el nuevo Régimen Penal Juvenil para un adolescente acusado de tentativa de robo defendió su fallo y cuestionó las amenazas de juicio político

La jueza Laura de Marinis defendió su fallo
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Aplicar el sistema penal, la respuesta desde el sistema penal, es regresivo para este adolescente, porque es estigmatizante. En este contexto, se trata de un chico que no fue conocido por el Estado, que estaba sin educación y sin poder alimentarse; nos enteramos de su situación por el sistema penal y entonces le aplicamos el sistema penal. ¿A usted le parece razonable? Yo expliqué que no es proporcional”.

Las declaraciones fueron realizadas en radio con vos, en diálogo con los periodistas Ernesto Tenembaum y Gustavo Grabia.

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Con esa definición, la jueza Laura Beatriz De Marinis explicó la resolución que declaró inaplicable el nuevo Régimen Penal Juvenil para un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo en la Ciudad de Buenos Aires. La magistrada sostuvo que la discusión no pasa por la intensidad de una eventual sanción, sino por el efecto de incorporar a un joven vulnerable a un proceso penal antes de que intervengan los organismos estatales de protección.

El fallo se dictó en un expediente abierto tras un intento de robo ocurrido el 10 de septiembre. Según la imputación, un hombre de 47 años caminaba cerca de las seis de la mañana cuando fue seguido por un grupo de adolescentes. La víctima corrió, pidió auxilio a un agente policial y los jóvenes fueron demorados. No hubo lesiones ni bienes sustraídos.

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La jueza resolvió el sobreseimiento del chico, identificado en el expediente por sus iniciales, y ordenó dar intervención al Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes para que disponga medidas de acompañamiento familiar, escolar y recreativo. La fiscalía apeló la decisión, por lo que el caso ya está en condiciones de ser revisado por la Cámara.

La jueza dijo que el proceso penal debe ser el último recurso

De Marinis afirmó que su resolución se limita a las circunstancias de este expediente y que no suspendió la vigencia de la ley para el resto de los adolescentes alcanzados por la norma. Explicó que intervino luego de un planteo de la defensa oficial, que fue acompañado por la asesoría tutelar.

La decisión que tomé fue en el caso concreto”, sostuvo. También señaló que el recurso de apelación es la vía prevista para revisar una sentencia y remarcó que el Ministerio Público Fiscal lo presentó de inmediato. “Ya está en la Cámara”, indicó.

La magistrada respondió así a uno de los cuestionamientos centrales sobre su fallo. El nuevo régimen contempla sanciones que no implican privación de la libertad, entre ellas la amonestación, y permite medidas complementarias para acompañar al adolescente. Para De Marinis, sin embargo, aun una primera respuesta de ese tipo no resulta inocua si supone someterlo a una causa penal.

Someter a proceso penal es lo último que tiene que ocurrir”, afirmó. Según explicó, una amonestación puede constituir un antecedente y, ante reiteraciones posteriores, derivar en respuestas más gravosas. La jueza insistió en que el análisis debe considerar tanto el hecho investigado como la trayectoria vital del adolescente y las acciones previas —o ausentes— del Estado.

La situación del adolescente fue central en la resolución

La defensa había planteado que aplicar el nuevo régimen en este caso contradecía los principios de progresividad y de no regresividad en materia de derechos de niños y adolescentes. De Marinis consideró que la respuesta penal resultaba desproporcionada frente a la situación del chico, que estaba fuera de la escuela y atravesaba un contexto familiar de extrema vulnerabilidad.

La jueza hizo referencia a la Convención sobre los Derechos del Niño y a las recomendaciones de su comité especializado. Según su interpretación, esos estándares establecen que el derecho penal debe utilizarse como último recurso y obligan al Estado a priorizar mecanismos de protección integral.

Durante la entrevista, aclaró que no rechaza de manera general la nueva ley. “La ley me parece una herramienta hermosa para poder armonizarla con la Convención y poder trabajar con los chicos en el día a día”, expresó. Añadió que, bajo el anterior régimen, también impulsaba intervenciones de las áreas de protección en casos de jóvenes no punibles.

La diferencia, sostuvo, es que el nuevo esquema habilita causas penales desde los 14 años. “La ley está vigente a partir de los 14 años y la población de 14 años no lo sabe”, advirtió. En ese sentido, mencionó que conductas cotidianas, como entrar a una propiedad para recuperar una pelota o esconderle una calculadora a un compañero, pueden encuadrar en figuras penales según las circunstancias.

De Marinis cuestionó los pedidos de juicio político

La resolución abrió un debate político. El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, anticipó que pediría el juicio político de la jueza y sostuvo que la sentencia estaba “manchada de sangre”. “Estos jueces garantistas defensores de delincuentes tienen que quedar en evidencia”, expresó.

La senadora Patricia Bullrich también cuestionó la decisión. “Hay jueces que están más preocupados por proteger a los delincuentes que por hacer justicia a las víctimas”, afirmó, y agregó que ese tipo de fallos “solo construyen impunidad”.

De Marinis rechazó esas reacciones y pidió que el debate se mantenga dentro de los mecanismos institucionales. “Mis decisiones se cuestionan a través de los fallos judiciales”, señaló. “Un juicio político es cuando uno no cumple con el desempeño de su función”.

La jueza sostuvo que las críticas por el contenido de una resolución pueden afectar la independencia judicial. “Que por el fundamento de mis decisiones me digan que van a iniciar un juicio político debilita las instituciones democráticas”, afirmó.

También cuestionó que se vinculara su fallo con hechos violentos ajenos al expediente. Recordó que, en el caso que analizó, la víctima logró escapar y que no hubo lesiones ni desapoderamiento de bienes. “Hablar de un fallo manchado con sangre en este hecho me parece distorsionar lo que yo resolví”, expresó.

El debate sobre la amonestación y la intervención estatal

Durante la entrevista, De Marinis fue consultada sobre la posibilidad de aplicar una amonestación y otras herramientas previstas en la ley en lugar de declarar su inconstitucionalidad para el caso. La jueza respondió que la asesora tutelar había solicitado inicialmente una remisión, un mecanismo de desjudicialización que permite archivar el expediente, y que la fiscalía se opuso a esa salida.

Aun así, sostuvo que el punto de fondo no es elegir entre una pena leve y una más grave, sino determinar cuál debe ser la primera respuesta estatal frente a un adolescente sin escolaridad y con necesidades básicas insatisfechas. “Lo primero que vamos a hacer es iniciar una causa penal”, cuestionó.

La magistrada aclaró que una nueva conducta, después de una intervención efectiva de los organismos de protección, podría dar lugar a otro análisis judicial. “No es cualquier adolescente de 14 años”, dijo, y rechazó que su fallo implique que ningún joven menor de 16 años pueda ser sometido al sistema penal en ninguna circunstancia.

De Marinis sostuvo que la discusión también debería abordar la responsabilidad de los adultos y la capacidad de escuelas, familias y organismos públicos para resolver conflictos antes de judicializarlos. “Tenemos que fortalecer la voz de autoridad”, planteó, al advertir que numerosos conflictos escolares terminan en la justicia penal.

La Cámara deberá decidir ahora si confirma el criterio de la jueza o si revoca la resolución y habilita la continuidad del proceso bajo el nuevo Régimen Penal Juvenil.

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