
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 absolvió este miércoles a Marcelo Corazza en la causa en la que se lo investigaba por abuso sexual infantil, corrupción de menores y trata de personas.
La Justicia determinó que los delitos imputados al ex ganador de Gran Hermano estaban prescriptos o no contaban con pruebas suficientes, por lo que quedó desvinculado de todas las acusaciones.
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El fallo, al que accedió Infobae, fue dictado por los jueces Javier Feliciano Ríos, Andrés Fabián Basso y Fernando Marcelo Machado Pelloni, quienes también ordenaron quitarle a Corazza la tobillera electrónica que usaba desde que se lo excarceló en 2023.
Además, el tribunal le levantó al productor de TV la prohibición para salir del país y el embargo de bienes que se le había impuesto durante el proceso.
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Por su parte, los jueces condenaron a Francisco Angelotti, señalado en la acusación como el líder de la organización, a 22 años de prisión por los delitos de trata de personas agravada, abuso sexual con acceso carnal, promoción de la corrupción de menores y tenencia de representaciones de abuso infantil, cometidos contra al menos cuatro víctimas identificadas en la causa.
En cuanto a Raúl Mermet -otro de los imputados-, el tribunal le impuso una pena de 10 años de prisión tras hallarlo partícipe necesario del delito de trata de personas agravada respecto de una de las víctimas.
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En la resolución se determinó también que Angelotti y Mermet paguen una reparación económica (veinte salarios mínimos vitales y móviles para cada una) a las víctimas por los hechos por los que fueron sentenciados.
En tanto, los otros dos acusados, Leandro Aguiar y Andrés Charpenet, también fueron absueltos y se dispuso su inmediata libertad.
Por último, el TOC 3 absolvió a todos los imputados del delito de asociación ilícita, cargo que había sido impulsado durante el proceso por la querella.
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Los fundamentos completos del fallo se darán a conocer el 22 de octubre.
El proceso judicial y la acusación
El proceso judicial se inició tras una denuncia radicada en octubre de 2022 y la posterior investigación encabezada por la fiscalía especializada en trata de personas (PROTEX). Según la acusación presentada por los fiscales Carlos Rívolo y Alejandra Mángano, los imputados integraban una estructura dedicada a captar adolescentes varones mediante engaños, con el objetivo de someterlos a prácticas sexuales con adultos.
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De acuerdo con la hipótesis fiscal, los hechos investigados se habrían desarrollado en la Ciudad de Buenos Aires, la provincia de Buenos Aires y Misiones, entre 1999 y marzo de 2023.
En ese marco, la fiscalía atribuyó a Angelotti el rol de líder de la organización, señalando que habría desplegado distintas estrategias para reclutar menores, “comenzando por ganarse su respeto, admiración y confianza, para luego dominar su voluntad y someterlos a actos sexuales”, según consta en el expediente judicial.
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La causa se originó a partir de la declaración de una víctima ante la PROTEX, lo que motivó la intervención de la justicia ordinaria y, más tarde, de la justicia federal. Los fiscales describieron en sus presentaciones que “esas conductas tuvieron su génesis en el año 1999 y continuaron ininterrumpidamente hasta la actualidad, con una fluida rotación y constante incorporación de nuevas víctimas y de algunos victimarios, pero con absoluta coincidencia en su modalidad”.

Durante la etapa previa al juicio oral, Corazza negó enfáticamente las acusaciones en su contra. En declaraciones públicas, expresó: “Soy inocente”. Consultado sobre su estrategia de defensa, dijo: “No me estoy preparando de ninguna forma, solo voy a contar mi vida. Yo no me defendí nunca hasta ahora”.
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En ese momento, agregó que su único objetivo era ser escuchado “donde me tengo que defender, que es en la Justicia”, y manifestó su deseo de que “termine todo este mal momento ya”.
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