Condenaron a 20 años de prisión al ex policía bonaerense declarado culpable de abuso sexual en el Mar del Plata

El Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 sentenció a Emilio Salim Abosalech. Durante el juicio, se dieron por probados tres hechos cometidos entre 2016 y 2022, contra víctimas diferentes: todas mujeres de su círculo íntimo

Tribunal de Mar del Plata
El policía bonaerense Emilio Salim Abosalech fue condenado a 20 años de prisión por tres hechos de abuso sexual cometidos entre 2016 y 2022 en Mar del Plata
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la Justicia de Mar del Plata fijó en 20 años de prisión la pena contra el ex policía de la Bonearense que fue declarado culpable por tres casos de abuso sexual, cometidos entre 2016 y 2022.

Se trata de Emilio Salim Abosalech, quien aguardaba su pena tras el veredicto dictado por un jurado popular. Esta vez, la decisión de los años que se impondrán recayó sobre el juez Juan Manuel Sueyro del Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de Mar del Plata.

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El fiscal Fernando Berlingeri había solicitado una pena de 20 años, fundamentando su pedido en la gravedad de los delitos y el daño causado a las víctimas. Por su parte, la querella, representada por el abogado Mauricio Varela, reclamó 25 años de prisión, subrayando la reiteración de las agresiones y las secuelas padecidas por las mujeres involucradas. La defensa, en cambio, propuso el mínimo legal de seis años, argumentando que los montos propuestos por la Fiscalía y la querella eran desproporcionados y solicitando la consideración de circunstancias atenuantes.

El juez Sueyro resolvió imponer una condena de 20 años, haciendo lugar a la petición de la Fiscalía y valorando de manera negativa la pluralidad de víctimas, la gravedad de los hechos y el patrón de conducta demostrado por el acusado a lo largo de los años. El fallo detalla que Abosalech fue encontrado culpable de tres episodios de abuso sexual: uno con acceso carnal, otro en grado de tentativa y un tercero calificado como gravemente ultrajante.

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De acuerdo con lo informado por el portal del diario La Capital, el proceso judicial transitó bajo el sistema de juicio por jurados, vigente en la provincia de Buenos Aires. En este modelo, 12 ciudadanos tienen la responsabilidad de determinar la culpabilidad o inocencia del imputado, mientras que la fijación de la pena corresponde exclusivamente al juez técnico. La investigación y el debate oral incluyeron declaraciones de las tres denunciantes, peritos y diversos testigos, así como la incorporación de pruebas documentales y periciales.

El jurado valoró como suficientes las pruebas presentadas para confirmar la comisión de los hechos entre 2016 y 2022. Según la información oficial, las víctimas eran dos exparejas de Abosalech y la esposa de un amigo, todas ellas personas que mantenían vínculos de confianza o cercanía con el ahora condenado. La resolución judicial reconstruyó la mecánica de los abusos y detalló la utilización, por parte del acusado, de la confianza previa para colocar a las víctimas en situaciones de vulnerabilidad.

El fallo explica que en todos los casos Abosalech actuó aprovechando la relación de confianza con las víctimas (0223.com.ar)
El fallo explica que en todos los casos Abosalech actuó aprovechando la relación de confianza con las víctimas (0223.com.ar)

Durante la audiencia de cesura, el fiscal Berlingeri argumentó que los delitos no constituyeron episodios aislados, sino que respondieron a un mismo patrón de violencia sexual ejercido de manera continuada. El fallo explica que en todos los casos Abosalech actuó aprovechando la relación de confianza con las víctimas. La sentencia hace hincapié en la resistencia expresada por las mujeres durante los ataques: frases como “no”, “pará” y “dejame”, recogidas en el fallo, fueron valoradas como demostración inequívoca de la ausencia de consentimiento.

Uno de los hechos que mayor impacto tuvo durante el juicio fue el que tuvo como víctima a la esposa de un amigo del acusado. En ese episodio, el juez entendió que la conducta encuadró como abuso sexual gravemente ultrajante, figura que contempla ataques que, por su modalidad, duración o características, implican una humillación particularmente intensa para la víctima.

En otro de los hechos, la agresión solo cesó por circunstancias ajenas a la voluntad de Abosalech, lo que permitió al jurado considerar configurada la tentativa de abuso sexual con acceso carnal. El Tribunal subrayó que los abusos fueron cometidos en distintos contextos y momentos, pero siempre bajo el mismo esquema de aprovechamiento de relaciones personales.

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