
El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 29 de la Ciudad de Buenos Aires resolvió reanudar el proceso penal contra Cristian Gabriel “Pity” Álvarez Congiu y fijó fecha para el juicio oral, al concluir que el acusado cuenta con “reserva cognitiva suficiente” pese a los trastornos diagnosticados. La decisión fue adoptada este miércoles tras nuevos peritajes médicos y psiquiátricos, y tendrá impacto en el desarrollo de la causa por el homicidio de Cristian Maximiliano Díaz, ocurrido en julio de 2018, que llevaba más de siete años suspendida por su estado de salud mental.
Según indica la resolución judicial de 15 páginas, a la que accedió Infobae, el tribunal avanzó en la organización del debate oral, que ya tiene fechas definidas para los días 10, 12, 14, 19, 24, 26 y 31 de agosto, y 2, 7, 9 y 14 de septiembre de 2026.
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La controversia giró en torno a la salud mental de Álvarez Congiu. Hasta el momento, el avance del juicio permaneció frenado porque un informe médico de 2021 había determinado que el cantante no podía afrontar el proceso. Pero en 2025 el tribunal ordenó nuevos exámenes para saber si su estado había cambiado. En ese contexto, el Cuerpo Médico Forense concluyó que, aunque presenta un “trastorno cognitivo leve”, su estado no le impide participar del juicio ni defenderse. Resaltaron que conserva la capacidad de comprender lo que sucede y decidir sobre sus derechos procesales.
En palabras de los peritos, “dispone de una reserva cognitiva para afrontar las distintas instancias que conforman el proceso penal”, aunque aclararon que podrían darse fluctuaciones puntuales producto de su cuadro.
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La defensa de Álvarez alegó lo contrario. Argumentó que los informes no brindan certeza sobre el desempeño mental de su representado durante un juicio prolongado. Aseguró que el diagnóstico podría ser más grave (“trastorno neurocognitivo mayor de grado leve”) y pidió una evaluación neuropsicológica especializada, alegando riesgo de que el proceso avance contra una persona incapaz.
Pero el tribunal entendió que ese planteo resulta “sobreabundante” y que los peritajes ya generan certeza suficiente sobre la capacidad actual del acusado.

La clave de los peritajes
Los informes médicos oficiales describieron a Pity, de 53 años, como una persona con antecedentes de consumo de sustancias psicoactivas, episodios previos de descompensaciones y factores de salud como hipertensión arterial, obesidad y sedentarismo. Aun así, no hallaron síntomas que impidan el proceso penal.
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Se detalló que su cuadro puede mejorar o empeorar según períodos, pero que en la actualidad no existe incapacidad irreversible, sino la recomendación de un tratamiento terapéutico integral. Los peritos especificaron: “El pronóstico del cuadro queda supeditado a su evolución y a la eventual implementación de un abordaje terapéutico... No presenta al momento del examen indicadores o signo sintomatología compatible con riesgo cierto e inminente para sí y/o para terceros”.
Los peritos de la defensa coincidieron parcialmente, pero elevaron el diagnóstico a trastorno neurocognitivo mayor, advirtiendo que la capacidad de sostenerse a lo largo de un proceso judicial es incierta. Plantearon que un abordaje médico sostenido podría clarificar la situación, pero hoy no hay garantía de estabilidad suficiente.
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Desde la fiscalía, en tanto, se insistió en que los peritajes oficiales están “sumamente documentados” y se sumó un elemento novedoso: la participación pública de Álvarez Congiu. El expediente menciona un concierto de tres horas en diciembre de 2025 en Córdoba y un evento futuro en Rosario, como muestras de funcionalidad y de que el acusado puede organizar y sostener actividades complejas.
Textualmente, la fiscalía sostuvo: “Los datos de realidad contemporáneos revelan un nivel de funcionamiento incompatible con la hipótesis de imposibilidad procesal”.
Subrayaron, además, que el informe pericial no describe una incapacidad actual, sino que señala una posible inestabilidad futura, lo que no alcanza como motivo. “Si el proceso queda supeditado a un estándar de ‘estabilidad ideal’ nunca definido, se corre el riesgo de una suspensión indefinida”, añadieron.
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El tribunal, en voto mayoritario, rechazó el pedido de la defensa. “Resulta sobreabundante y manifiestamente improcedente”, resumió el juez Gustavo Goerner, quien encabezó la resolución. Llamó a evitar una postergación indefinida del juicio al depender la continuidad del tratamiento terapéutico, y destacó que hay numerosos antecedentes de dificultad del acusado para cumplir con las terapias.
El tribunal también valoró la vida profesional y social pública de Pity, incluyendo recitales, videos y entrevistas recientes. Citó expresamente un nuevo pedido de autorización para dar un recital en Rosario el mes siguiente como evidencia de su autonomía.
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Como medida de protección, el tribunal ordenó que, durante el juicio, “las jornadas no se extiendan por más de 3 horas”, en línea con el funcionamiento demostrado por el acusado en presentaciones públicas. Además, si durante las audiencias surge algún inconveniente de salud, el imputado podrá ser representado únicamente por su defensor.
Por último, se dispuso la prohibición de salida del país y también la de salir de la ciudad sin permiso del tribunal.
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