El Tribunal en lo Criminal N° 4 de San Isidro resolvió por unanimidad rechazar la solicitud de excarcelación en términos de libertad condicional presentada por la defensa de Nicolás Roberto Pachelo, quien permanece detenido en la Unidad Penitenciaria N° 9 de La Plata.
La defensa, a cargo de los abogados Raquel Pérez Iglesias y Marcelo Rodríguez Jordán, había solicitado el 10 de noviembre de 2025 la excarcelación de Pachelo, argumentando la acumulación de tiempo en detención, la reducción de siete meses por estímulo educativo concedida por el tribunal el 4 de julio de 2023, el concepto de conducta alcanzado y la ausencia de antecedentes de reincidencia.
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Pachelo está preso desde el 7 de abril de 2018. Lo arrestaron por una serie de robos a countries. Justamente, ese modus operandi para desvalijar viviendas en barrios privados, incluso propiedades de sus amigos, fue el que consolidó la acusación por el crimen de la socióloga en el country de Pilar: ella lo descubrió en su casa y él la mató, fue la hipótesis inicial. Todo eso lo llevó a juicio en 2022, cuando lo condenaron por ladrón a 9 años y medio de prisión, pero lo absolvieron por el asesinato de García Belsunce.
La Cámara de Casación no coincidió con los dos jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°4 de San Isidro que votaron por la no culpabilidad del homicidio. Y, tal como defendía el juez Federico Ecke, la Sala I le dio perpetua, la Sala V lo confirmó. Tiene un doble conforme y la causa está en la Suprema Corte Bonaerense, por lo que el fallo no está firme.
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En ese contexto, según pudo saber Infobae, los defensores pidieron la libertad condicional de Pachelo ante el TOC N°4 de San Isidro. Y el tribunal le corrió vista a los fiscales Andrés Rafael Quintana y Federico González y al particular damnificado, Gustavo Hechem, que representa los intereses del viudo Carlos Carrascosa. Todos pusieron el grito en el cielo porque tiene perpetua.
El tribunal, integrado por los jueces Esteban Andrejín y Victoria Santamaría Guglielmetti, consideró que para los condenados a prisión perpetua se requiere cumplir veinte años de detención efectiva para acceder a la libertad condicional, de acuerdo con el artículo 13 del Código Penal vigente al momento del hecho, y que Pachelo no cumple aún con ese plazo mínimo.
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En el análisis de los argumentos defensivos, el tribunal señaló que no se probó la neutralización de riesgos procesales ni la regularidad necesaria en el cumplimiento de las normas penitenciarias. Se menciona una sanción disciplinaria a Pachelo por uso indebido del celular. Además, el informe del Departamento Técnico Criminológico evaluó como inviable su egreso anticipado.
La defensa
¿Por qué razones pidieron que lo dejen libre los defensores del preso? Raquel Pérez Iglesias y Marcelo Rodríguez Jordan, los abogados de Pachelo, computaron que, en la causa por los robos en la que fue condenado a 9 años y medio de cárcel y por la que tiene la preventiva desde el 4 de mayo de 2018; ya lleva 2887 días privado de su libertad. El mes que viene serán 8 años encerrado, ahora en la Unidad 9 de La Plata de máxima seguridad.
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Los defensores entienden que ya cumplió el tiempo suficiente para pedir la libertad condicional por los robos, y le sumaron el estímulo educativo, ya que estudia Derecho y Periodismo en la cárcel. ¿Y la prisión perpetua por el crimen de María Marta? Primero, para los abogados, esa condena no está firme; luego alegaron que tanto “la fiscalía como el particular damnificado, constituido como tal por el trámite dado a la causa formada por el homicidio de María Marta García Belsunce, omitieron requerir la detención/prisión preventiva de Nicolás Roberto Pachelo Ryan en el legajo de referencia”.

“No pedimos la excarcelación en términos de libertad condicional de Nicolás Roberto Pachelo Ryan en la causa que tramitara como consecuencia del homicidio de María Marta García Belsunce, porque en ella, insistimos, no está detenido...“, remarcaron los abogados. Para añadir que las seis víctimas de los robos, “ninguno de los cuales se ha pronunciado en esta incidencia”.
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La postura de la acusación
A los fiscales y la querella les pareció un absurdo el pedido de la defensa, aun sin saber qué argumentos usaron porque no pudieron acceder al reclamo. Pero sospechaban que se trataba del pedido en base a la condena de los robos: “Bajo ningún punto de vista corresponde hacer lugar al beneficio solicitado, dado que no se encuentran reunidas las condiciones para su procedencia”, dijeron los fiscales González y Quintana, según pudo saber este medio. Temen que se fugue.
“La defensa de Pachelo pidió su excarcelación con libertad condicional sobre el parámetro de la condena de 9 años y medio que le impusieron por los hechos de robo. Por supuesto, esa condena y esa pena quedaron anuladas por la Casación que impuso la de perpetua por el homicidio de María Marta y con doble conforme”, contaron a este medio fuentes allegadas a la acusación.
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Y agregaron: “Si fuera así, es ridículo porque hay dos fallos de Casación que le impuso una pena de cadena perpetua (pena única) por los robos y el homicidio de María Marta, por lo cual para solicitar la excarcelación por libertad condicional debería cumplir 35 años”.
El juicio contra Pachelo y Casación
El 2 de diciembre de 2018, Pachelo fue absuelto por mayoría por el asesinato de la socióloga ocurrido en el country Carmel el 27 de octubre de 2002. Así, el crimen quedó impune por parte del TOC N°4 de San Isidro. Sin embargo, sí fue condenado por una serie de robos en countries. Le dieron 9 años y medio de prisión por seis hechos ocurridos entre la Semana Santa de 2017 y la de 2018.
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Para los jueces del tribunal Andrés Andrejin y Osvaldo Rossi existió una “alta duda” sobre su responsabilidad en el asesinato de la socióloga, e incluso solapadamente con giros hacia la familia de la víctima, que ya zanjó sus temas en la justicia. Sin embargo, para el presidente del TOC, Ecke, había sobradas razones para condenar al ex vecino y cerró su voto en disidencia con una sugestiva cita de William Shakespeare de la obra Hamlet, que a lo largo de la historia en el terreno político se usa para hablar de corrupción: “Pareciera que la pregunta ¿quién la mató?, a mi pesar, mantendrá su suspenso. Como anillo al dedo viene la expresión, ‘algo huele mal en Dinamarca’”.

En consonancia con esto, primero fue la Sala I de Casación la que revirtió la absolución más de dos años después, luego la V: “Condenando a Nicolás Roberto Pachelo Ryan como autor penalmente responsable de los delitos de robo agravado por el uso de arma y homicidio criminis causae agravado por el uso de arma de fuego, quien entonces queda condenado en orden a estos delitos y los que oportunamente fijara el tribunal de origen por resultar autor penalmente responsable del delito de robo agravado por haberse cometido con efracción reiterado en cuatro oportunidades con relación a los hechos N° 2, 3, 6 y 9; y autor penalmente responsable del delito de robo simple reiterado en dos oportunidades con relación a los hechos N° 8 y 10, todos ellos en concurso real, a la pena de prisión perpetua“.
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