
La Justicia de Mar del Plata condenó a un hombre por abusar en reiteradas ocasiones de una adolescente y por explotar económicamente a dos de sus ex parejas durante un tiempo prolongado. Las mujeres ejercían la prostitución por orden del condenado, Christian Gilberto Bustos, mediante amenazas y actos violentos.
Luego de llevarse a cabo la última audiencia, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dictó 20 años de prisión y ordenó la “restitución in natura” de una vivienda a favor de dos de las víctimas y dispuso que el dinero secuestrado durante la investigación sea entregado a la tercera mujer. Además, la sentencia estableció reparaciones económicas por el daño material y moral causado.
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El fallo consideró probado que Bustos fue autor del primero de los delitos mencionados en los párrafos anteriores, en perjuicio de dos mujeres, agravado por su condición de conviviente y por el aprovechamiento de situaciones de vulnerabilidad.
También se lo encontró responsable de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por haber sido cometido contra una menor de 18 años -hija de una de sus ex parejas-, con acceso carnal reiterado en cinco hechos diferentes.
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Los jueces Roberto Falcone, Fernando Minguillón y Nicolás Toselli resolvieron de manera unánime revocar la prisión domiciliaria de la que gozaba el individuo y ordenaron su detención en la delegación local de la Policía Federal Argentina (PFA). El tribunal dispuso, además, que Bustos sea evaluado por un especialista en oftalmología del Cuerpo Médico Forense para determinar si su disminución visual le impide cumplir la condena en una unidad carcelaria.

En al sentencia, cuyos fundamentos se darán a conocer en los próximos meses, también ordenaron la reparación de las víctimas N. C. y S. P. G. con una suma de 20 millones de pesos, para cada una, y dispuso una reparación de 30 millones de pesos para X. M., quien era adolescente al momento de los hechos. Al mismo tiempo, los magistrados ordenaron la restitución in natura de un inmueble ubicado en Playa Serena, por considerarlo instrumento utilizado para la explotación.
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También se dispuso el secuestro y decomiso de una camioneta Volkswagen Amarok, una furgoneta Nuevo Fiorino y una moto Honda XR 250, que quedarán a disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En su alegato, el fiscal general subrogante del MPF, Carlos Fioriti, había solicitado una pena de 25 años de prisión y había acusado a Bustos también por el delito de trata de personas con fines de explotación sexual, bajo la modalidad de acogimiento.
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La acusación detalló que S. P. G. fue llevada por Bustos desde La Plata a Mar del Plata como su pareja y, posteriormente, fue obligada a prostituirse desde 2001, cuando tenía 18 años. La Fiscalía estimó que durante ese período el condenado se quedaba con alrededor de mil dólares diarios.
La situación fue bastante similar para el caso de N. C., donde la relación con Bustos comenzó en 2010 y, luego de mudarse a Mar del Plata, comenzó a ser explotada sexualmente. Esto se extendió durante cinco años, incluso cuando ella estaba embarazada. Según la investigación, la situación se repetía todas las noches, independientemente del clima o estado de salud de la mujer.
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X. M., hija de la primera víctima, tenía 9 años cuando comenzó a convivir con Bustos. La acusación indicó que, desde los 14 años, la adolescente era obligada a realizar tareas domésticas y cuidar a sus hermanos menores; sin embargo, los abusos comenzaron cuando la niña tenía 11 años. “El acusado ejercía tocamientos en sus partes íntimas”, detalló el Tribunal.
Obligó a una adolescente a ser su pareja durante casi 10 años

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San Martín condenó a José Rolendio Polo, de 58 años, a 10 años de prisión por someter a una adolescente a una relación forzada que duró casi una década. Polo fue hallado culpable de los delitos de trata de personas con fines de explotación sexual y abuso sexual reiterado. La sentencia estableció que la víctima, bajo sometimiento y coacción, mantuvo una convivencia de la que nacieron dos hijos producto de la explotación.
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La resolución, dictada por el juez José Antonio Michilini, respondió al pedido del fiscal general Alberto Adrián María Gentili y calificó los hechos como trata de personas en la modalidad de recepción y acogimiento con fines de explotación, agravada por el abuso de una situación de vulnerabilidad y por haberse consumado la explotación cuando la víctima era menor de 18 años. Además, el tribunal ordenó que Polo indemnice a la víctima con 38 millones de pesos por daño material y moral, dispuso el decomiso de un teléfono celular y la extracción de material genético del condenado para el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos de integridad sexual.
La causa se inició tras una denuncia presentada por la víctima el 28 de junio de 2022 ante la línea 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata. El expediente reveló que la adolescente, trasladada a General Rodríguez desde Formosa, fue sometida a explotación y abuso desde los 12 años, en un contexto de violencia, amenazas y coacción económica por parte de su madre y de Polo.
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