
Luego de que el pastor evangélico Roberto Tagliabué fuera absuelto por trata de personas y otros delitos, la Fiscalía presentó un recurso de casación para que el acusado sea condenado a 14 años de prisión. Además, exigieron medidas accesorias como la inhabilitación perpetua para ejercer actividades vinculadas a la salud y la reparación integral de las víctimas.
La solicitud fue formulada por la titular de la Oficina de Criminalidad Económica, Trata de Personas y otros delitos complejos, Laura Mazzaferri, y el cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), Marcelo Colombo, después de que alegaran que el juez federal Roberto Falcone habría incurrido en un hecho de gravedad institucional.
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En la resolución del 13 de mayo, el magistrado federal afirmó que “el Hogar y la Iglesia habían conformado, durante años, una red de ayuda y acompañamiento basada en la fe y en la solidaridad, que suplía las carencias del propio Estado”. Por este motivo, dispuso la absolución e inmediata liberación del pastor, rechazando los pedidos de reparación integral para las nueve víctimas y el decomiso de los bienes inmuebles y automotores cautelados.
Frente a esto, los fiscales calificaron la sentencia de arbitraria, tras denunciar que el juez omitió deliberadamente valorar pruebas clave y distorsionó el sentido de otras. Incluso, lo acusaron de haber desacreditado los testimonios de profesionales expertas de la Coordinación Nacional de Rescate y Acompañamiento de la Víctima del Delito de Trata y malinterpretar escuchas telefónicas.
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De la misma manera, cuestionaron que el juez basara su decisión casi exclusivamente en los testimonios favorables al pastor y desestimara los relatos de quienes denunciaron las conductas atribuidas a Tagliabué. Además, subrayaron que habría incurrido en la violación de normas destinadas a proteger a las víctimas, por haber revelado sus identidades y exigirles que volvieran a declarar fuera de los dispositivos especiales previstos para estos casos.
“Afirmar que el imputado ‘amplió las libertades’ de las víctimas equivale a negar la realidad frente a los ojos del propio Tribunal: un circuito cerrado de captación, acogimiento, manipulación espiritual y explotación laboral, montado y dirigido de forma exclusiva por Tagliabué, en el que ninguna decisión de las víctimas fue verdaderamente autónoma”, denunciaron los fiscales.
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Incluso, los investigadores enfatizaron que la relación entre el pastor y las víctimas no fue de contención recíproca, sino de dominación vertical, sostenida en mecanismos de persuasión coercitiva ampliamente estudiados en criminología de la trata. Y cuestionaron que el tribunal no analizó ninguno de estos elementos y optó por una interpretación “absolutamente romántica y desconectada de la realidad probada”.
Respecto al hecho de gravedad institucional, advirtieron que la sentencia transmitió un mensaje peligroso para la sociedad al legitimar acciones contrarias a la ley por parte de quienes se presentan como benefactores en contextos donde el Estado no cubre las necesidades básicas.
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Finalmente, los fiscales solicitaron que se declaren ilegítimas las expresiones utilizadas por el juez Falcone que, a su juicio, resultaron inapropiadas para la figura de un juez imparcial. Asimismo, argumentaron que este tipo de manifestaciones menoscaba la autonomía y posición institucional del Ministerio Público Fiscal, garantías esenciales para ejercer su rol constitucional de representar los intereses generales de la sociedad y velar por la legalidad de los procedimientos.
La acusación contra Tagliabué se fundamentó en una serie de hechos que habrían configurado un circuito de explotación laboral y reducción a la servidumbre. El hombre era líder del templo El Shaddai, figura desde la que habría utilizado tanto la institución religiosa como un comedor anexo, dos comercios particulares y un “Programa Cristiano de Rehabilitación de las Adicciones” para captar a jóvenes para explotarlos laboralmente.
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De acuerdo con el sitio Fiscales, entre las víctimas se encuentran menores de edad y personas con discapacidad, quienes fueron convencidas por la promesa de brindarles cobijo y tratamiento de rehabilitación de las drogas. Sin embargo, el objetivo real habría sido someterlos a condiciones serviles y explotarlos laboralmente en sus negocios, en la iglesia y en la venta ambulante.
En línea con esto, la Fiscalía sostuvo que Tagliabué se apropiaba de las ganancias generadas por estas actividades, así como de los ingresos que algunas víctimas recibían en concepto de pensiones por discapacidad, Asignación Universal por Hijo (AUH) y otros subsidios estatales. Este circuito se habría mantenido durante más de veinte años.
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Para sostener este sistema, los investigadores describieron que utilizaba mecanismos de coerción, en particular la persuasión coercitiva por medio de la fe y en provecho de la posición de su autoridad. También apuntaron que se habría valido de la extrema vulnerabilidad de las víctimas.
Muchas de ellas, además, atravesaban conflictos con la ley penal y eran captadas a través de prédicas en ámbitos carcelarios. En este contexto, la fiscalía señaló la existencia de situaciones de acoso sexual, especialmente hacia un joven con discapacidad cognitiva, y episodios de violencia física y psicológica explícita contra los jóvenes internados.
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