
Minutos antes del cierre del horario judicial de este lunes, la jueza María Fabiana Galletti, titular del Juzgado 31, decidió remitir a la Justicia federal el expediente que intenta esclarecer la muerte de Emmily Rodrigues. El cambio de jurisdicción llega tras un planteo exitoso del abogado defensor del principal acusado, el empresario Francisco Saénz Valiente, el anfitrión de la fiesta de drogas donde Rodrigues perdió la vida al caer seis pisos al vacío el 30 de marzo pasado.
El letrado Facundo Orazi realizó el planteo luego de que la Sala VI procesara a su defendido por el homicidio culposo de Rodrigues y el suministro de las drogas que llevaron a su muerte. El suministro de estupefacientes, precisamente, es un delito federal.
La Cámara misma había abierto la puerta para este planteo en su fallo de la semana pasada, cuando en su decisión aseguró que “conforme esta calificación, y sin perjuicio del grado concursal por la íntima vinculación con los otros delitos investigados cometidos en un mismo ámbito de espacio y tiempo, deberá el Juzgado expedirse en relación a la cuestión de competencia material en el sumario”.
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“De tal suerte, viéndome obligada a resolver conforme lo dispuesto por el Superior, siguiendo los lineamientos expuestos en el aludido resolutorio y habiéndose dado cumplimiento a las diligencias ordenadas de urgente trámite (la implementación de la tobillera electrónica, la comunicación de prohibición de salida del país y el embargo), habré de declarar la incompetencia de este Tribunal para seguir interviniendo en este expediente y habré de remitirla, en consecuencia y sin más trámite, a la Oficina de Sorteos de la Excelentísima Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal” para que se sortee el nuevo juzgado del caso, acató Galletti.

Sáenz Valiente fue procesado por la Sala VI de la Cámara Criminal y Correccional la semana pasada. La letra de la calificación fue la clave. Los fiscales del caso, Santiago Vismara y Mariela Labozzetta, tras apelar la falta de mérito dictada por el juez Martín del Viso, habían retirado su planteo de femicidio y pidieron que el empresario de la minería y el agro sea procesado por abandono de persona seguida de muerte, con una pena de 25 años.
Finalmente, la Sala VI decidió procesarlo sin prisión preventiva “en calidad de autor en orden al delito de suministro gratuito de estupefacientes, en concurso ideal con facilitación de un lugar para su consumo, en concurso ideal con homicidio culposo, en concurso real con el de tenencia ilegítima de un arma de uso civil condicional”, según el fallo al que accedió Infobae.
Así, le prohibieron al empresario salir del país y ordenaron que se le instale una tobillera electrónica para monitorearlo. La imputación por el arma apunta a la escopeta marca Escort hallada en los allanamientos.
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