
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este martes la condena de dos hombres que provocaron en agosto de 2016 la muerte de una adolescente de 15 años por suministro de estupefacientes.
Se trata de Walter Andanese y Daniel Statella, quienes recibieron la pena de seis años y seis meses de prisión al ser encontrados culpables de darle drogas a la víctima, Rocío Artiga, lo cual condujo al fallecimiento de ella.
La decisión fue dictada con los votos de los doctores Gustavo Hornos, al que adhirieron Mariano Borinsky y Javier Carbajo, en calidad de vocales.
El juez Hornos entendió que se encontró debidamente acreditado que los acusados, en forma sucesiva, le suministraron dosis de MDMA y cocaína a la víctima, quien también había ingerido alcohol, lo cual generó un cóctel explosivo en el interior de su cuerpo que le causó la muerte.

El hecho comenzó dentro del boliche bailable Loop, del barrio de Villa Devoto. Statella era uno de los dueños. De acuerdo a la investigación, en ese establecimiento se permitía, contrariamente a las normas reglamentarias, el ingreso de menores de edad y el consumo y suministro de estupefacientes en su interior, con anuencia y participación del propietario.
En este contexto, según se lee en la resolución, fue el propio Statella quien le dio alcohol, cocaína y drogas de diseño a la víctima, a sabiendas de que ella era menor de edad.
Por otro lado, los magistrados confirmaron que el acusado Andanese, quien trabajaba como tarjetero de ese boliche, invitó a la adolescente a su casa a fin de poder darle cocaína a cambio de obtener favores sexuales bajo un consentimiento viciado. La menor consumió y, estando en la habitación de Andanese, empezó a convulsionar hasta su muerte.

Los jueces hicieron especial hincapié en el desprecio por la vida ajena mostrada por los acusados, quienes abusaron de su posición de poder, de sus capacidades económicas para proveerle estupefacientes y, especialmente, de la situación de extrema vulnerabilidad en la que se encontraba inmersa la víctima -era adicta a las drogas consumidas-, todo ello en pos de obtener réditos sexuales por parte de ella.
Finalmente, en la resolución se confirmó la inhabilitación de Statella para ejercer el comercio en negocios de diversión por el doble de tiempo de la condena, así como también la pena de multa de ochenta unidades fijas.
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