
Un policía acusado de haber baleado y dejado cuadripléjico al joven Lucas Cabello, en un episodio ocurrido en 2015 en un conventillo del barrio porteño de La Boca, fue condenado este jueves a 16 años de prisión por el delito de tentativa de homicidio, pero no irá preso hasta que el fallo quede firme.
El Tribunal Oral en lo Criminal Uno (TOC 1) concluyó que el crimen cometido por el ex agente de la Policía Metropolitana Ricardo Luis Gabriel Ayala (28) estuvo “agravado” por integrar el imputado una fuerza de seguridad al momento del hecho y por el “uso de arma”, en referencia a la pistola reglamentaria que utilizó para provocarle heridas a la víctima.
La lectura del veredicto, realizada por el presidente el TOC 1, Adrián Pérez Lance, provocó aplausos y gritos de aprobación por parte del público presente –familiares y amigos de Cabello– que asistieron a la sala de audiencias de Derechos Humanos, ubicada en la planta baja del Palacio de Justicia.
El fallo fue unánime: los jueces Pérez Lance, Fernando Ramírez y Luis Salas votaron por rechazar el pedido de absolución de la defensa, aunque el último lo hizo con sus propios fundamentos, que se conocerán el 7 de febrero, cuando el TOC 1 notificará la sentencia completa.

Ayala, quien estuvo con prisión preventiva pero llegó en libertad al juicio, seguirá en esa condición, porque el tribunal decidió “diferir” su detención hasta que el fallo quede firme. Mientras tanto, el condenado debe presentarse ante el tribunal dentro de los primeros 10 días de cada mes, abstenerse de salir del país y tiene prohibido portar armas y acercarse a menos de 500 metros de Cabello, quien, en silla de ruedas, estuvo presente durante la audiencia de esta tarde.
En la parte dispositiva de la sentencia, el TOC 1 ordenó, además, extraer testimonios y enviarlos a la Cámara Nacional en lo Criminal para que se sortee un juez a fin de investigar si durante la instrucción del sumario hubo incumplimiento de deberes o encubrimiento por parte de las fuerzas de seguridad.
La pena aplicada por el tribunal fue superior a la solicitada en los alegatos realizados el 15 de noviembre por la fiscal del juicio, Irma García Netto, quien había pedido que el agente fuera condenado a 13 años de prisión, mientras que la abogada de la familia Cabello, Gabriela Carpineti, había reclamado 20 años. La defensa del policía había pedido su absolución al entender que disparó en defensa propia.
“La declaración de Ayala, quien dijo disparar en defensa propia porque le pareció que Lucas Cabello estaba armado, no se condice con las pruebas ni los testigos. Cabello no tenía armas: la única prueba balística encontrada fue la del arma reglamentaria del policía Ayala”, remarcó la fiscal esa jornada.

El agente de la ex Policía Metropolitana había sostenido que el joven sacó de su cintura un “arma plateada”, pero esta nunca fue hallada en el lugar del hecho. Siempre según la versión del imputado, disparó en dos oportunidades contra Cabello a menos de dos metros, aunque luego las pericias determinaron que lo hizo tres veces y que los proyectiles impactaron en la cara del joven, en su pierna derecha y en su testículo izquierdo.
El primer disparo le dañó la médula ósea, a la altura de la cuarta y quinta vértebra, y dejó a Cabello con secuelas permanentes que lo obligan a moverse en silla de ruedas y con asistencia.
El hecho ocurrió el 9 de noviembre de 2015, cuando Ayala se encontraba en el conventillo de La Boca situado en Martín Rodríguez al 500 custodiando a una persona por decisión judicial y Cabello vivía allí con su pareja y su hija pequeña. Según la versión que dio Cabello en la instrucción y que fue reproducida en video en el juicio, él volvía de comprar dos sándwiches de milanesa cuando se cruzó con el policía y mantuvieron una breve discusión cuando éste le dijo “¿qué mirás?”. Cabello le respondió que fuera a custodiar un banco y segundos después, comenzó a recibir los disparos.
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