
El juez Andrés Gallardo ordenó al gobierno porteño que en forma inmediata prohíba en todo el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la actividad de las firmas responsables de los servicios de reparto a domicilio Rappi, Glovo y PedidosYa.
La medida estará vigente hasta que acrediten que todos los repartidores que trabajan en las diversas aplicaciones circulan con casco, que la caja en la que llevan los productos está anclada a la moto o bicicleta y no en la espalda del empleado, que tengan seguro de vida y accidentes, que cuenten con libreta sanitaria, y que los vehículos tengan una adecuada señalización nocturna, tanto luminosa como refractaria.
El magistrado ordenó además que el gobierno de la Ciudad diseñe y ejecute un plan de contingencia económica y social para todos los repartidores de las firmas involucradas hasta que se normalice la situación.
Asimismo, apercibió al GCBA que en caso de incumplimiento hará cumplir lo dispuesto en forma forzada y encuadrará esa conducta en los delitos de desobediencia e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Por último, el juez Gallardo ordenó que se notifique la resolución en forma personal al Jefe de Gobierno porteño Horacio Rodríguez Larreta en su despacho.

En el fallo se destaca que el 6 de diciembre del año pasado, el Tribunal dispuso -a pedido de la Defensoría del Pueblo- una serie de medidas por considerar que no se estaba cumpliendo con el Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad. Según Gallardo, la decisión tuvo en mira "el grave riesgo a la seguridad en la vía pública y la afectación a la integridad de los conductores de bicicletas."
El citado Código prohíbe "que los conductores de motovehículos y ciclorodados afectados al servicio de mensajería urbana y/o reparto a domicilio de sustancias alimenticias" circulen sin dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:
a) utilización por parte de los conductores de casco homologado y de indumentaria con bandas reflectivas y apropiada para utilizar en días de lluvia y en época invernal;
b) utilización de caja porta objetos asegurada firme y mecánicamente al vehículo, impermeable e inoxidable, de tapa hermética, revestimiento interno de material liso y fácil limpieza y que en caso de transporte de alimentos que requieren refrigeración, posea un sistema refrigerante o de aislación del calor;
c) en caso de transporte de alimentos, poseer el conductor libreta sanitaria expedida por autoridad competente.
El magistrado señaló que "como surge del relevamiento efectuado por la Policía de la Ciudad, el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias a domicilio llevado a cabo en la CABA por las firmas prestatarias, se realiza en franca transgresión a la normativa vigente." Y agregó "es necesario aplicar las medidas coercitivas necesarias para lograr que se dé cumplimiento estricto y sin demora a las disposiciones contenidas en el Código y en su decreto reglamentario, al menos en lo atinente a utilización de casco, de luces reglamentarias, y en caso de llevar caja portaobjetos, que la misma se encuentre asegurada al vehículo, así como existencia de seguro y de libreta sanitaria en caso de transporte de sustancias alimenticias (artículos)".

En el fallo, el juez tuvo en cuenta un informe que le encargó que hiciera a la Policía de la Ciudad. Ese relevamiento hecho a 417 bicicletas arrojó que 281 repartidores no usaban casco, 323 llevaban la caja portaobjetos en la espalda y 290 circulaban sin seguro. Asimismo, el magistrado citó en su resolución que según información aportada por el Ministerio de Salud porteño, en el lapso de un mes se atendieron en los hospitales públicos de la Ciudad 25 casos de personas accidentadas en la vía pública mientras hacían tareas de delivery.
Según pudo verificar Infobae, las aplicaciones siguen funcionando y los repartidores continúan en las calles. Ayer, por ejemplo, la aplicación de Rappi envió notificaciones a sus usuarios con descuentos para una cadena de farmacias y para una reconocida casa de comidas rápidas.
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