
La Justicia avaló que una persona pueda detener y revisar a otra que haya cometido un delito en el momento que lo está haciendo, lo que se conoce como en flagrancia.
Así se pronunció la Cámara del Crimen en una causa por el intento de robo de productos de limpieza a un supermercado que fueron escondidos en un cochecito de bebé y encontrados por el empleado del comercio.
"En el supuesto evaluado, la víctima impidió que se consume el hecho en flagrancia, sin intervalo de tiempo, y sin un actuar desproporcionado dentro de un supuesto de legítima defensa; y en tanto, de no actuar de esa manera, el delito se habría consumado", sostuvieron los camaristas Ricardo Pinto y Jorge Rimondi en el fallo al que accedió Infobae.
El hecho ocurrió en un supermercado de la cadena Día % de esta ciudad. Dos mujeres tomaron productos de la góndola de limpieza y los escondieron en un cochecito de bebé. Intentaron salir del local pero otros clientes advirtieron a los empleados. Uno de ellos les pidió que les mostrara qué llevaban en el carrito, las mujeres se negaron y se generó una discusión.
El empleado las retuvo y revisó el cochecito de bebé. Allí encontró, según su declaración, "una bolsa de aluminio revestida con cinta marrón con varios envases de shampoo y crema de enjuague". Luego llamó a la Policía.
La defensa de la mujer acusada -la otra no fue identificada- objetó en la causa judicial que el empleado del supermercado haya revisado en el cochecito. Explicó que la ley solo permite a un ciudadano la detención de una persona cuando comete un delito en flagrancia. Por eso pidió la nulidad de la requisa.
La Cámara del Crimen rechazó el planteo de nulidad y avaló la actuación del empleado del supermercado. El tribunal sostuvo que la ley "lo facultaba a aprehender al particular por darse un supuesto de flagrancia".
El Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), explicaron los camaristas, establece en su artículo 287 que "los particulares serán facultados para practicar la detención, debiendo entregar inmediatamente el detenido a la autoridad judicial o policial" cuando se trata de delitos en flagrancia , de acción pública o para quien se haya fugado.
El tribunal también avaló la revisión del cochecito. "El requerimiento de exhibición de los objetos que había sustraído cuando pretendía retirarse, y que no tenía en su cuerpo, sino en un carro, no ha constituido una grave intromisión en la privacidad como plantea la defensa", señalaron los camaristas y agregaron que "es preciso destacar que no hubo un abuso de las facultades conferidas a los particulares por el artículo 287 del CPPN pues, en definitiva, no hubo una requisa personal".
Últimas Noticias
La lección de Elvia Martínez, graduada de la UNAM a los 71 años: “Sólo es garra y ganas de salir adelante, nunca es tarde”
Retomó una meta aplazada durante décadas, superó barreras tecnológicas y ahora planea especializarse en Neurociencias después de obtener su título

Así se modernizó Águilas Doradas, la empresa familiar que espera repetir los casos de Daniel Muñoz y Kevin Castaño: “Llegó el relevo generacional”
Fernando Salazar destacó la negociación para contratar a un importante jugador colombiano para el segundo semestre y se refirió a la ciudad en la que será local el club

La polémica estudiante Gabriela Muñoz habría recibido esquema de seguridad de la UNP antes del escándalo por presunta influencia en la Aerocivil
La protección cuenta con dos escoltas, un vehículo y un chaleco antibalas, y ahora será evaluada por el nuevo director de la entidad

Audiencia bisagra en el juicio a “Pity” Álvarez: del cambio de abogados a los nuevos planteos para frenar el debate
Sebastián Queijeiro y Javier Baños asumieron este miércoles la defensa del cantante y consiguieron una semana para estudiar el expediente. Cómo cayó la decisión en la familia de Cristian Díaz y los posibles escenarios

Alfredo Saade anunció que buscará ser candidato en 2027 a la Alcaldía de Valledupar o a la Gobernación del Cesar: “Si logramos hacer algunos acuerdos”
El exembajador dijo que en su agenda inmediata, retomó actividades vinculadas a su trabajo religioso y a acciones de ayuda humanitaria




