
Sebastián Casanello es juez federal desde octubre de 2012. Se lo conoce porque tiene a su cargo –entre otros causas– la denominada "Ruta del dinero K", y es uno de los magistrados que hace dos semanas estuvo en Washington reunido con autoridades judiciales estadounidenses por el Caso Odebrecht.
Pero como sucede con todos los jueces federales, por su juzgado pasan también casos menos rimbombantes, como el del robo de un proyector NEC modelo PX750 que estaba en el depósito del Cine Gaumont. Es que cuando hay un robo en una dependencia del Estado nacional, interviene un juez federal.
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En agosto de 2015 el área de Patrimonio del Instituto Nacional de Cine y Artes Visuales (INCAA) descubrió que faltaba un proyector y una lona para cubrirlo que debían estar guardados en el Gaumont. En 2016 se hizo la denuncia que le tocó a Casanello. Allí se decía también que un proyector y una lona similares a las que desaparecieron se ofrecían en la web Mercado Libre. Casanello ordenó que investigara la Policía Federal.

Los policías se mostraron interesados en la compra y fueron a buscarlo. El proyector estaba en venta en un local de artículos electrónicos de la avenida Eva Perón al 600 en Guernica, provincia de Buenos Aires. El juez ordenó el allanamiento del local donde fue hallado el proyector que fue devuelto al INCAA.
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Cuando se realizó el operativo los policías se encontraron con A.P., un hombre que estaba a cargo del local quien fue imputado en el caso.
Pero A.P. dijo que su cuñado, L.R., le había dado el proyector a cambio de $35.000 en mercadería para abrir un local. No sabía que era robado y no sabía a quién se lo había comprado su cuñado.
L.R. quedó imputado y declaró en indagatoria ante Casanello. Allí relató que un hombre fue hasta su negocio y le ofreció el proyector. Pelearon el precio. El vendedor pedía 30.000 y L.R. ofreció 25.000 en dos pagos. El primero fue de 20.000 y quedaron en que los 5.000 restantes se pagarían contra entrega de factura. El vendedor no volvió jamás. Y por supuesto, L.R. no tiene cómo contactarlo. Luego de eso, L.R. se lo vendió a A.P. a cambio de mercadería.
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En su descargo ante Casanello, L.R. exculpó a A.P. Dijo que él había comprado de buena fe el proyector y que su cuñado no sabía nada acerca del modo en que lo había adquirido.
En el procesamiento, Casanello aclara que ni L.R. ni A.P. fueron los que robaron el proyector del cine Gaumont. No hay manera de ligarlos con aquel delito. Sin embargo fueron procesados, sin prisión preventiva, por el delito de encubrimiento que está tipificado en el artículo 277 del Código Penal. Ese artículo establece que: "Será reprimido con prisión de seis (6) meses a tres (3) años el que, tras la comisión de un delito ejecutado por otro, en el que no hubiera participado… Adquiriere, recibiere u ocultare dinero, cosas o efectos provenientes de un delito" (inciso C).
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El juez les impuso a los procesados $100.000 de embargo.
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