
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió hoy la venta en todo el territorio nacional un quemador natural de grasa corporal por ser un producto falsificado.
La medida se hizo efectiva mediante la publicación de la Disposición 6132/2025. Así, quedó suspendida la comercialización y distribución del producto «QUEMADOR NATURAL - NATURAL GYM - Te Verde Centella Asiática – Venta Libre - INDUSTRIA ARGENTINA Producto autorizado por ANMAT - PM-2097».
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En su considerando, la norma señala que las actuaciones citadas se iniciaron en virtud de las consultas recibidas en el correo oficial del Departamento de Control de Mercado de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DEGMPS) referidas al producto ofrecido para bajar de peso, presuntamente comercializado por medio de redes sociales.
Añade que el producto en cuestión se ofrecía como «natural», ya que su composición declara: té verde y centella asiática. Sin embargo, el envase refiere a una receta médica, lo que sugiere que ha sido preparado como una fórmula magistral.
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Sobre ello, el Departamento de Control de Mercado informó que las preparaciones magistrales deben elaborarse en farmacias habilitadas, previa presentación de una receta médica, para un paciente en particular; no pueden identificarse con denominaciones comunes o marcas (como «QUEMADOR NATURAL - NATURAL GYM»); y deben declarar en el rótulo los datos de la farmacia elaboradora, la composición cuali y cuantitativa, y sólo pueden dispensarse en las farmacias.
Además, indicaron que la denominación «PM» habitualmente refiere al registro de producto médico; sin embargo, el PM2097 es inexistente y no podría haber sido otorgado por esta Administración Nacional para un producto de otro rubro y que el Departamento de Control de Mercado señaló que el producto denunciado es un producto falsificado.
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A principios de julio, la ANMAT ya había emitido una alerta para advertir sobre el producto y se efectuó la correspondiente denuncia ante la División de Delitos Contra la Salud Pública de la Policía Federal y en la Fiscalía Federal Nº 1 de San Isidro.
Diez días atrás, el mismo ANMAT prohibió la venta de un suplemento dietario por encontrarse en infracción respecto a la normativa alimentaria.
De acuerdo con la Disposición 5719/2025, se trata de un producto que “no cumplimentó el procedimiento establecido para la importación de alimentos, resultando ser en consecuencia un producto ilegal”. En este sentido, se prohibió en todo el territorio nacional el fraccionamiento y comercialización de “Dietary Supplement - Colostrum, Restore & Revitalize”, marca Wondercow, en cualquiera de sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento.
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El producto se vendía en envases de 120 gramos y se promocionaba activamente en plataformas de venta en línea dirigidas a consumidores argentinos, hasta que la consulta de un particular derivó en la cancelación del producto. Según detallaron las autoridades, se puso en duda la genuinidad del producto y el cumplimiento de la normativa alimentaria vigente. Por tal razón, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), requirió a la Dirección de Fiscalización y Control información sobre antecedentes de registro y de ingreso al país del producto.
Los resultados revelados por el Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior informaron que no existen antecedentes de ingreso oficial del producto a la Argentina, lo que indica ausencia de controles regulatorios sobre el artículo. “Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República Argentina”, apuntó el organismo.
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