
La Municipalidad de Córdoba aprobó una reforma sustancial al régimen sancionatorio del Código de Convivencia, elevando hasta diez veces el valor de las multas por la disposición ilegal de residuos en terrenos públicos o privados.
La medida quedó oficializada mediante la ordenanza 13.543, publicada en el Boletín Oficial N° 4.392, e incluye la creación de un fondo específico para financiar acciones de remediación ambiental. Esta medida se da tras el caso del basural privado e ilegal que generó por días un olor nauseabundo en la ciudad de Córdoba.
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La norma, que recibió una amplia mayoría de votos en el Concejo Deliberante, actualiza los montos expresados en Unidades Económicas Municipales (UEM), cada una equivalente a 10.808 pesos. Con este cambio, se incrementan los mínimos y máximos de las sanciones, se endurecen las penas y se incorporan infracciones que hasta ahora no estaban contempladas.
Según confirmaron desde la Secretaría de Ambiente, ya se están aplicando las nuevas disposiciones junto con otras medidas operativas. “Lo que estamos haciendo además es secuestrar los vehículos, justamente este martes lo hicimos con tres, hay la posibilidad de retener el carnet de conducir para el caso de los particulares y en el caso de los camiones estamos considerando en quitarles la habilitación en casos de reincidencia”, señaló el funcionario.
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En el caso de baldíos, obras inconclusas o propiedades desocupadas, el artículo 208 establece multas de entre 50 y 200 UEM, lo que significa incrementos de entre el 800% y el 1.000% respecto de los valores previos.
Si la superficie del predio supera los 3.000 metros cuadrados, la sanción mínima asciende a 200 UEM y la máxima llega a 2.000 UEM, lo que equivale a montos que oscilan entre 2.161.600 y 21.616.000 pesos.
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La quema de hojas, restos de poda, pastizales o residuos de cualquier tipo, aun sin provocar incendios, será penada con entre 50 y 200 UEM, según lo establece el artículo 211. Este ajuste multiplica por diez el mínimo y cuadruplica el máximo en relación con el régimen anterior.
A esta disposición se suma una nueva infracción: el arrojo de neumáticos en espacios públicos o baldíos, sancionada con el mismo rango de multas. Si el responsable es una empresa o comercio, el artículo 213 eleva el castigo a entre 200 y 2.000 UEM.
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Para los generadores, transportistas o responsables de la gestión de residuos sólidos urbanos, el artículo 219 fija sanciones de 200 a 2.000 UEM en caso de incumplimiento en cualquier etapa del proceso. Esto implica un aumento del 400% en el mínimo anterior.
Además, si la infracción se comete con un vehículo de traslado, podrá disponerse la inhabilitación temporal o definitiva de la licencia profesional, así como la suspensión de cualquier asistencia municipal. La normativa también mantiene las penas para otras infracciones cometidas por grandes generadores, con montos de entre 100 y 4.000 UEM, dependiendo de la gravedad.
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La reforma incorpora un mecanismo de financiamiento ambiental: todo lo recaudado por infracciones al artículo 219 será destinado al Fondo de Recuperación Ambiental y Saneamiento de Basurales, destinado a financiar tareas de limpieza y restauración en áreas afectadas por la disposición ilegal de desechos.
Este fondo busca garantizar que los recursos generados por las sanciones se reinviertan en la recuperación de los espacios dañados.
Qué pasó con el basural y el olor nauseabundo
Durante varios días, un olor intenso se percibió en distintos barrios de Córdoba Capital, sobre todo en la zona norte. Vecinos lo describieron como “coliflor hervido” o “algo quemado”, lo que llevó a las autoridades a iniciar inspecciones y estudios.
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El Ministerio de Ambiente y Economía Circular de la Provincia encargó investigaciones al Centro de Investigación y Transferencia de Ingeniería Ambiental de la UTN y a la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la UNC. La UTN confirmó en el aire la presencia de disulfuro de dimetilo y trisulfuro de dimetilo, compuestos azufrados que generan olores penetrantes incluso en bajas concentraciones.

La UNC analizó el suelo del área del foco de emisión y determinó que los contaminantes estaban por debajo de los límites establecidos por la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos. No obstante, se recomendó continuar el monitoreo y evaluar tareas de remediación a cargo del propietario del predio.
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El director de Impacto Ambiental municipal, Eduardo Sarría, explicó que no había un alto nivel de peligrosidad, pero falta establecer qué materiales liberaron los compuestos tras reaccionar con el fuego. Señaló que podrían ser residuos con azufre o silicio de agroquímicos, plásticos, sintéticos o estiércol. Las emanaciones provenían de una capa profunda de residuos, lo que mantenía el humo constante.
El fiscal de instrucción del Distrito 3, Turno 7, Raúl Garzón, ordenó cerrar el perímetro, interrumpir las emisiones y realizar peritajes más exhaustivos. Equipos del DUAR, la Policía provincial y la Dirección de Higiene Urbana trabajan para controlar la situación.
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El basural a cielo abierto, y sin autorización, se encuentra en las inmediaciones del Canal Maestro Norte, entre la Autovía Córdoba-Juárez Celman y avenida La Voz del Interior.
El secretario de Ambiente, Gabriel Martín, informó que las mediciones de nueve sensores no detectaron sustancias nocivas para la salud. El municipio presentó una denuncia penal por la quema ilegal de residuos en el predio privado.
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